¿Feriados el 1o. y 2 de noviembre?

Como son días de fiesta en México, los trabajadores dan por hecho que no hay que laborarlos

Dado que el “Día de Todos los Santos” y el “Día de muertos” son una celebración mexicana, que tienen lugar el 1o. y 2 de noviembre de cada año, los trabajadores a menudo asumen que son días de descanso obligatorio. 

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) prevé los días feriados, pero el 1o. ni el 2 de noviembre están incluidos. En consecuencia, si los empleados deciden faltar a trabajar en esas fechas, el patrón sin problema puede abstenerse de pagarles el salario, ya que no prestaron sus servicios (art. 82, LFT).

No obstante, si en el contrato individual o colectivo de trabajo o incluso en el reglamento interior, se precisa que el 1o. 2 de noviembre, o ambos días, son festivos; el empresario debe respetar este derecho y otorgarles el descanso y el salario respectivo. 

En caso de requerir los servicios de sus subalternos, deberá cubrirles un salario doble adicional al correspondiente a los días de asueto de que se trate (arts. 31 y 73, LFT).

(Foto: iStock)
 (Foto: iStock)  (Foto: Redacción)

¿Subdelegaciones del IMSS abiertas el 1o. y 2 de noviembre?

El personal del Seguro Social trabajará con normalidad en el “Día de Todos los Santos” y el “Día de muertos” debido a que esta celebración no se considera como un día de descanso obligatorio, ni en la LFT ni en su Contrato Colectivo de Trabajo. Por ende, se llevarán a cabo los siguientes actos: recepción de documentos e informes; trámites, actuaciones y diligencias; inicio, sustanciación y resolución de procedimientos administrativosnotificacionescitatoriosemplazamientos; requerimientos; solicitudes de informes o documentos; y trámite de recursos de inconformidad.

Además, las Unidades de Medicina Familiar y Hospitales del IMSS también funcionarán con normalidad, por ello los derechohabientes no deben dudar en asistir en caso de necesitar atención médica o si tienen programada una cita con su médico tratante.

Infonavit descansará este 2 de noviembre

De acuerdo con el aviso publicado por el organismo en el DOF el 13 de enero de 2023, el 2 de noviembre se considera un día inhábil para los actos y procedimientos que realizan las diversas unidades administrativas del Infonavit. Información que se confirma al ingresar al portal de Internet del Instituto.

No obstante, si los empleadores necesitan obtener información, el Instituto recomienda comunicarse con Infonatel al 55 9171 5050 (para la Ciudad de México) o al 800 008 3900 (desde cualquier parte del país). El horario de atención  será de 9:00 a 15:00 horas.

 ¿2 de noviembre corre el término para el juicio de nulidad?

Según el Acuerdo SS/4/2023 por el que se determina el calendario oficial de suspensión de labores para el año 2023,difundido en el DOF el 10 de enero de 2023 por el el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), el 1o. y 2 de noviembre son días inhábiles para este órgano público; por  lo tanto, no correrán plazos ni términos para los juicios contenciosos administrativos (de nulidad) promovidos por los patrones.

Autoridades laborales

Con motivo a esta celebración, varias autoridades laborales decidieron suspender sus actividades de acuerdo con los calendarios oficiales aprobados, a saber:

Autoridad

Publicación

Días inhábiles 2023

Tribunales Federales de Trabajo

Arts. 75, 139 y 143 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, circular 12/2023 del 8 de marzo de 2023, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal


1o., 2o. y 3o. de noviembre

Tribunales Laborales de la CDMX

Boletín del poder judicial de la CDMX del 4 y 7 de noviembre de 2022

Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX

Boletín Laboral del 25 de noviembre de 2022

Junta Federal de Conciliación y Arbitraje

Boletín Laboral del 12 de diciembre de 2022

1.o y 2o. de noviembre



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