Trabajadores independientes cotizarán al IMSS

Se modifica la Ley del Seguro Social en materia de aseguramiento de los empleados autónomos, conozca los detalles

La Secretaria de Trabajo y Previsión Social dio a conocer el Diario Oficial de la Federación del 1o. de diciembre de 2023, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social (Decreto), el cual entra en vigor el 2 de diciembre del presente año. 

A continuación, se dan a conocer los detalles del citado Decreto.

Se incorpora el concepto de trabajador independiente o por cuenta propia como la persona física que no esté sujeta a una relación de subordinación laboral y que no recibe un salario sino genera ingresos por el libre ejercicio de su profesión, oficio o actividad.

Quedan fuera de este concepto los colaboradores al servicio de las administraciones públicas de la federación, entidades y municipios excluidos o no comprendidos en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.

Qué trae de bueno esta reforma legal 

Se mejoran los beneficios de estos sujetos de aseguramiento voluntario para que gocen de las prestaciones en especie y en dinero de todos los Seguros que componen el Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS).

Para obtener información más detallada sobre el Decreto, se recomienda consultar el Infoflash # 3622 Reforma a la LSS en materia de trabajadores independientes de acceso exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no es suscriptor de IDC puede suscribirse aquí.

Asimismo, si quiere conocer el análisis a profundidad de esta reforma, se le invita a dar lectura al tema “Nueva incorporación voluntaria al IMSS” del Dr. José Juan Ríos Aguilar, coordinador editorial de las secciones de laboral y seguridad social de IDC, Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral, disponible en la sección de seguridad social de la revista digital 544 del 15 de noviembre de 2023.

¿Existen restricciones en el aseguramiento voluntario?

Según el Decreto por lo que hace a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, se tendrá que cumplir con algunos tiempos de espera para ciertos padecimientos; sin embargo, se vislumbra que no van a existir limitantes en enfermedades preexistentes.

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