El IMSS está constreñido, por
ministerio de ley, a notificar al patrón de que se trate mediante una resolución
debidamente fundada y motivada, la rectificación de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo asentada en su declaración anual, en cualquiera de los siguientes
casos:
·
cuando esa prima no coincide con la determinada
por él
·
el patrón no presentó su declaración anual , o
·
no manifestó la prima correspondiente en su
declaración
Plazo para notificar la rectificación de la prima de Riesgos de Trabajo
El tiempo que tiene el Seguro Social
para realizar la notificación de la resolución de la rectificación de la prima
en comento es de cinco años, debido a que ese es el plazo con que cuenta para
ejercer sus facultades de comprobación, en términos de los artículos 251
fracción XVI y 297 de la Ley del Seguro Social (LSS).
Por lo anterior, los patrones
deben poner especial atención en la correcta determinación anual de su prima del
Seguro de Riesgos de Trabajo, para no
ser objeto de la imposición de una multa, la cual va de 20 a 210 veces la
Unidad de Medida y Actualización (UMA); esto es actualmente de $2,262.80 a $ 23,759.40 por omitir la presentación de su
declaración anual del Seguro de Riesgos de Trabajo, presentarla con datos
incompletos o falsos (arts. 304-A, fracc. XV y 304-B, fracc. IIII, LSS).
Esto sin perjuicio de la carga
financiera que representaría para los patrones que estén en estos supuestos el
pago de las diferencias en las cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo, más la
actualización y los recargos correspondientes (art. 40-A, LSS).
Cómo notifica el IMSS la resolución de rectificación de
la prima
La rectificación de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo
puede ser notificada por el Instituto por Buzón IMSS o personalmente, según los
numerales 40 de la LSS y 134 del Código Fiscal de la Federación.