Por fin: IDSE habilita la e.firma del representante legal
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Desde este 13 de octubre el sistema permite concluir la habilitación para que el representante legal opere en IDSE con su e.firma a nombre del patrón representado
El periodo de transición para que los patrones migren del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y su Certificado Digital al uso de la e.firma concluyó el 13 de octubre de 2026, por lo que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) adecuó el portal IMSS Desde su Empresa (IDSE) para operar bajo el único esquema.
En el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR (Acuerdo) publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de julio de 2026, se estableció, entre otras cosas, que:
Por lo tanto, desde el 13 de octubre de 2026, es posible ingresar a IDSE con la e.firma del representante legal para concluir la vinculación iniciada en el Escritorio Virtual del IMSS en atención al Acuerdo; de ahí que resulte oportuno conocer cómo concluir el procedimiento en el IDSE para poder utilizar la e.firma del representante legal.
Al ingresar al IDSE, el sistema despliega un aviso señalando que su versión actual cumple con el Acuerdo, relativo a la implementación de la e.firma como único certificado digital válido para efectuar movimientos afiliatorios y a la vinculación de representantes legales mediante Escritorio Virtual.
Una vez cerrado el mensaje, el portal permite continuar con el acceso mediante los archivos correspondientes a la e.firma del SAT.
Inclusive, el IDSE precisa en su apartado de avisos importantes que, cuando sea el representante legal quien ingrese utilizando su propia e.firma, en el campo de usuario debe capturar el Registro Federal de Contribuyente (RFC) del patrón que representa —aquí se aclara que los archivos .cer y .key son los de la e.firma del representante legal—.
Asimismo, se menciona que si el representante legal también tiene el carácter de patrón y quiere entrar a sus propios registros patronales, todos los datos y archivos debe ser de su propia e.firma.
Para efectuar el procedimiento deben seguirse los siguientes pasos:
Se recomienda conservar la carta firmada y los comprobantes que genere el sistema como soporte de la habilitación realizada.
El Acuerdo publicado en el DOF el 16 de julio de 2026, entró en vigor al día siguiente y otorgó a los patrones un periodo de transición de 90 días naturales para migrar al uso exclusivo de la e.firma.
Dicho periodo concluyó el 13 de octubre de 2026, por lo que a partir del 14 de octubre la operación electrónica patronal debe realizarse bajo el esquema de la e.firma.
Por ello, es necesario que las empresas verifiquen no solo que la e.firma del patrón se encuentre vigente, sino también que sus representantes legales estén correctamente vinculados y habilitados para utilizar IDSE.
Debe distinguirse entre la vinculación del representante legal y la operación posterior en IDSE. El Acuerdo prevé expresamente que la vinculación entre el representante y la persona física o moral representada se efectúa exclusivamente mediante el Escritorio Virtual del IMSS, utilizando la e.firma de ambos.
Por su parte, el IDSE permite completar la habilitación necesaria para que el representante ingrese con su propia e.firma y opere respecto del patrón vinculado.
De ahí que, debe quedar claro que IDSE no sustituye al Escritorio Virtual para efectos del inicio del proceso de la vinculación de la representación, sino que ambos sistemas forman parte de dicho mecanismo.
La actualización del IDSE marca la etapa final de la migración anunciada por el IMSS desde julio de 2026. De ahí que los empresarios deban verificar que:
Al desaparecer el NPIE como mecanismo de identificación electrónica, una e.firma vencida, un representante no vinculado o una habilitación inconclusa pueden impedir la presentación oportuna de movimientos afiliatorios ante el IMSS.
En consecuencia, ante la conclusión del periodo de transición, es recomendable para los patrones comprobar que pueden acceder a IDSE correctamente mediante su e.firma o con la de sus representantes legales previamente vinculados y no esperar hasta que deban presentarse un movimiento afiliatorio.