VIE 14/02
TDC 20.4978
VIE 10/01
INPC 138.343
LUN 10/02
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
Fiscal
#ResumenIDC Personas físicas en el RESICO pueden acreditar el IVA
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Viernes, 08 de abril de 2022
En materia de IVA no se actualizaron las normas para las personas físicas que tributan en el RESICO, así que cuando realicen actos gravados previstos en los artículos 1o, 8o, 14 y 19 de su ley, estarán obligados al pago de este impuesto, en este video te decimos cómo acreditar este impuesto.
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Si deseas más información te dejamos los links de las notas que preparamos para ti:
- IVA acreditable de personas físicas en el RESICO
- ¿Complementaria para presentar la ISSIF 2021?
- Congelamiento de cuentas, ¿procede ante falta de pago de facturas?
- ¿Pagar PTU con o sin tope?
INFORMATIVO IDC
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