Cambio al RESICO, ¿y mi opinión de cumplimiento?
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Los contribuyentes, personas morales, que realizan gastos que son indispensables para su operación y continuación de negocio, mismos que aunque la ley no prohíbe que tomen como deducibles, la autoridad sí puede ejercer sus facultades de comprobación por ellos, en cuyo caso, las organizaciones deberán contar con el respaldo de la operación o perderá su deducibilidad.
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