La SHCP publicó en el DOF del 18 de abril de 2018, la tercera remesa de Declaratorias de las Zonas Económicas Especiales: Campeche y Tabasco –ubicadas en los municipios de Champotón y de Paraíso, respectivamente– en donde se impulsará el crecimiento económico sostenible que, entre otros fines, expanda las oportunidades productivas, el empleo y las inversiones en estas regiones.
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Ello se hará mediante la implementación de beneficios fiscales y laborales; un régimen aduanero especial; un marco regulatorio ágil; una infraestructura de primer nivel; diversos programas de apoyo (capital humano, financiamiento, innovación); y otros estímulos y condiciones preferenciales.
Entre las facilidades destaca la creación del régimen aduanero “Zona Económica Especial” en pro de las exportaciones e importaciones.
Este nuevo régimen permitirá la introducción de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, por tiempo limitado para llevar a cabo actividades económicas productivas en las mismas ZEE’s, al amparo del cual se tendrán beneficios como:
- exención de pago de impuestos al comercio exterior, salvo tratándose de mercancías extranjeras en programas de diferimiento de aranceles; y del cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, incluso NOM´s
- no se pagará el IVA en la extracción de bienes de dichas zonas para su introducción al resto del país, cuando se destinen a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación (IMMEX); depósito fiscal; recinto fiscalizado estratégico; para elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, o de tránsito interno, siempre que se cumplan las disposiciones aplicables a su extracción, destino y traslado, y
- para el LIESPS, la introducción al país de los bienes sujetos a ese régimen, tendrá el carácter de importación definitiva, y extracción de bienes para su importación definitiva no dará lugar al pago del IESPS
Para destinar las mercancías dicho régimen se transmitirá el pedimento o documento aduanero respectivo, en el que se determinarán las contribuciones y cuotas compensatorias relativas; y se presentarán ante la aduana de que se trate, en donde se activará el mecanismo de selección automatizado.
Por otra parte, los inversionistas –pudiendo ser los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país–, podrán realizar actividades económicas productivas en esas ZEE´s siempre que cuenten con la autorización correspondiente.
Con anterioridad, ya se habían dado a conocer las declaratorias de las ZEE’s de Puerto Chiapas, Coatzacoalcos y de Lázaro Cárdenas-La Unión; y de Progreso y Salina Cruz (DOF del 29 de septiembre y 19 de diciembre de 2017, respectivamente).