En 2019 eliminarán cuotas compensatorias

Cualquier productor nacional podrá expresar a la SE, por escrito, su interés de que inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria

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 .  (Foto: iStock)

La Secretaría de Economía (SE) sujeta al pago de cuotas compensatorias a los productos que ingresan al país bajo prácticas desleales al comercio internacional, es decir, que se importan en condiciones de discriminación de precios –a un precio inferior a su valor normal–, o subvenciones –con apoyos del gobierno– en el país exportador;  por los que, previa investigación en la materia, se comprueba que causan daño a una rama de la producción nacional de mercancías idénticas o similares (arts. 28, 62 y 87, Ley de Comercio Exterior –LCE–, 38 y 38-A, Reglamento de la LCE).

Las cuotas compensatorias definitivas están vigentes durante el tiempo y en la medida necesaria para contrarrestar el daño a la rama de producción nacional; se revisan anualmente; y eliminan en un plazo de cinco años, previo cumplimiento de las formalidades relativas (art. 67, LCE).

Pues bien, los productores nacionales deben saber que el año entrante vencerán las cuotas compensatorias impuestas a los productos que ingresan al país bajo esas prácticas desleales, siguientes.

Producto y

fracción arancelaria

País de

origen

Último día de la vigencia de 2019

Fecha límite para recibir la manifestación de interés

Tubería de acero sin costura

7304.19.01, 7304.19.04, 7304.19.99, 7304.31.01, 7304.31.10, 7304.31.99, 7304.39.01, 7304.39.05 y 7304.39.99

China

8 de enero

14 de noviembre de 2018

Vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica

6911.10.01 y 6912.00.01

China

 14 de enero

 21 de noviembre de 2018

Atomizadores de plástico

9616.10.01

China

 22 de abril

 12 de marzo de 2019

Cobertores de fibras sintéticas de tejido tipo raschel

6301.40.01 y 9404.90.99

China

 27 de mayo

 16 de abril de 2019

Lápices

9609.10.01

China

27 de mayo

 16 de abril de 2019

Lámina rolada en frío

7209.16.01 y 7209.17.01

Rusia y

Kazajastán

30 de junio

24 de mayo de 2019

Metoprolol tartrato

2922.19.28

India

26 de julio

20 de junio de 2019

Hexametafosfato de sodio

2835.39.02

China

4 de agosto

28 de junio de 2019

Conexiones de acero al carbón para soldar a tope

7307.93.01

China

5 de agosto

28 de junio de 2019

Malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula

7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01

China

10 de octubre

3 de septiembre de 2019

Placa de acero en hoja

7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03, 7208.52.01, 7225.40.01 y 7225.40.02

China

15 de octubre

6 de septiembre de 2019

Clavos de acero para concreto

7317.00.99

China

30 de noviembre

24 de octubre de 2019

Licuadoras de uso doméstico o comercial

8509.40.01

China

10 de diciembre

1o. de noviembre de 2019

Cables de acero

7312.10.01, 7312.10.05, 7312.10.07 y 7312.10.99

China

17 de diciembre

8 de noviembre de 2019

 

Al respecto, cualquier productor nacional de tales mercancías podrá expresar a la SE, por escrito, su interés de que inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria que corresponda, así como del compromiso de exportadores.

En tal caso, se deberá proponer un periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de la vigencia de la misma.

Lo anterior es muy importante, y no debe pasar por desapercibido, ya que del análisis se podrá definir si de eliminarse la cuota relativa se repetiría o continuaría la discriminación de precios, por lo tanto, el daño a la industria nacional.

La manifestación de interés deberá exhibirse a más tardar 25 días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la SE, en un horario de las 9:00 a las 14:00 horas.

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