En el servicio de consultoría de IDC se identificó un cuestionamiento entre los suscriptores sobre la supuesta existencia de un decreto compilatorio de los beneficios fiscales y aduaneros para los contribuyentes que exportan mercancías nacionales.
LEE: SUBMAQUILA DE EXPORTACIÓN
Desafortunadamente no existe un instrumento que englobe todos ellos, y si bien es cierto que los exportadores cuentan con beneficios y facilidades, estos están diseminados en diversos ordenamientos, por ejemplo, la:
- devolución del IGI pagado en la importación definitiva de las mercancías (transformadas, reparadas o en el mismo estado) exportadas, en el Decreto Draw back
- exportación temporal de los envases utilizados para la exportación de sus productos agrícolas, en la Ley Aduanera (LA) y las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE)
- aplicación de la tasa del 0 % del IVA en la enajenación de mercancías de exportación (directa e indirecta), en la LIVA y las RGCE
- rectificación del pedimento para ajustar al valor comercial de las mercancías asentado en los pedimentos de exportación definitiva tramitados durante un ejercicio fiscal, en las RGCE, y
- recuperación de las contribuciones al comercio exterior garantizadas en cuentas aduaneras de garantía, por la importación de activo fijo que se exporta, en la Ley Aduanera y la RGCE
En la edición 505 de IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral, de fecha 15 de marzo de 2022 se podrán consultar más de los beneficios y facilidades aduaneros y fiscales que se otorgan no solo a exportadores, también a importadores.