Quienes pretendan introducir bebidas alcohólicas a territorio nacional no solo deben estar dados de alta en el padrón de importadores “general”, sino también cumplir con una serie de obligaciones fiscales; por ejemplo, inscribirse en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas a cargo del Servicio de Administración Tributaria (SAT); pagar el Impuesto Especial sobre Productos y Servicios (IESPS); y colocar en sus envases los marbetes o precintos, según lo establecido en la LIESPS.
En cuanto a los marbetes, los contribuyentes deben saber que estos tienen que colocarse en esos productos previamente a su internación al país, o en defecto, en la aduana, almacén general de depósito, o recinto fiscal o fiscalizado, autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Y que, de no acatar esta observancia simplemente no se podrán retirar esos productos de tales lugares.
Por lo anterior, es importante que los interesados en importar esos productos –y estén obligados al pago del IESPS– cuenten con los marbetes relativos, mismos que deberán solicitarse previamente al despacho de la mercancía ante la aduana.
Qué son los marbetes
Los marbetes son el signo distintivo de control fiscal y sanitario que puede ser físico y se adhiere a los envases que contengan bebidas alcohólicas, o bien, electrónico que se imprime del folio autorizado y entregado por el SAT en las etiquetas o contraetiquetas de los referidos envases, en ambos casos con capacidad que no exceda de 5,000 mililitros.
Por lo que hace a los marbetes físicos es común que estos se tramiten y envíen al proveedor para que sean colocados desde origen; o bien, se haga dentro de los lugares señalados (aduana, almacén general de depósito, o recinto fiscal o fiscalizado).
Es por lo que se recomienda solicitarlos con anticipación, ya que el plazo máximo que tiene el SAT para resolver el trámite es de 10 días hábiles, esto sin olvidar que contará con un lapso igual para solicitar información adicional al contribuyente, misma que deberá cumplirse también en 10 días hábiles.
Cómo se solicitan los marbetes
Para la obtención de los marbetes “físicos” se tiene que presentar en el portal del SAT, según se trate, la:
- solicitud anticipada de marbetes o precintos para importación de bebidas alcohólicas, ficha de trámite 2/IEPS
- solicitud de ministración de marbetes físicos y precintos de bebidas alcohólicas de importación para adherirse en depósito fiscal (Almacén General de Depósito), ficha de trámite 6/IEPS
- solicitud de ministración de marbetes físicos y precintos de bebidas alcohólicas para adherirse en el país de origen o en la aduana, ficha de trámite 8/IEPS
Las fichas de trámite actualizadas de esas solicitudes se dieron a conocer en el DOF del 19 de octubre de 2023 (Anexos 1-A, 14, y 15 de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada el 18 de octubre de 2023).
Todo lo anterior es acorde con los artículos 59, fracción IV de la Ley Aduanera y 82 de su Reglamento; 1, 2, 3, fracción IV, y 19, fracción V, de la LIESPS; y Anexo 1-A de la RMISC 2023.