Habrá prisión para los despachos que intimiden a los deudores

La Cámara de Diputados aprobó un dictamen en la que se sancionará con 15 días hasta seis meses de prisión al que incurra en prácticas intimidatorias en el cobro de deudas

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 .  (Foto: iStock)

La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el Código Penal Federal en el que se tipifica el delito de amenazas y contempla una sanción de 15 días a seis meses de prisión al que con intención de requerir el pago de una deuda, propia o ajena, incurra en prácticas intimidatorias de hostigamiento o violencia (física o verbal) en contra del deudor, sus parientes o terceros.

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En un comunicado, la cámara baja refirió que por muchos años los despachos de cobranza aplican malas prácticas, tal como amenazas “disfrazadas”, constantes llamadas o cartas en el que se solicita el pago, uso de palabras altisonantes y llamadas a deshoras. Además de que la Condusef registró 13,459 quejas por amenazas; de las cuales el 65% fueron dirigidas a personas no deudoras.

En tanto que concentró un 18% por cobranza con maltrato y ofensas, la exigencia del pago de créditos que ya habían sido saldadas (12.7%) y el cobro a los “obligados solidarios” (1%).

Por otro lado, el dictamen consideró conveniente limitar a las personas, despachos o bufetes de cobranza extrajudicial indebida, así como bancos, instituciones de crédito y tiendas departamentales, por lo que es necesario que los despachos transformen los códigos de conducta y eliminen las malas prácticas.

Finalmente, el legislativo reconoció que “si bien es cierto que esta práctica se encuentra amparada en el ejercicio de un derecho de parte de estas instituciones crediticias, este derecho ha terminado por degenerarse e infringir derechos fundamentales de los deudores, como la salud, privacidad, paz y tranquilidad”.