Para qué quiere nuestra localización el banco

Solo será posible este tratamiento con el consentimiento de los usuarios, que deberá ser recabado por las instituciones bancarias

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El 17 de marzo pasado, la Asociación de Bancos de México (ABM) informó que, para hacer uso de los servicios prestados por los bancos, a través de los canales digitales, a partir del 23 de marzo, previo a la apertura de cuentas, celebración de contratos y la realización de operaciones y servicios de forma remota, se requerirá a los clientes y usuarios dar su consentimiento sobre la geolocalización del dispositivo por el cual pretendan realizar esas operaciones.

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Lo anterior, en cumplimiento al marco normativo en materia de prevención de lavado de dinero y combate al financiamiento al terrorismo, que establece la obligación de los bancos de obtener y conservar la geolocalización en tiempo real del dispositivo, mediante el cual, sus clientes o usuarios, abran cuentas o celebren contratos, así como de aquellos en los que realicen operaciones o servicios.

Por lo anterior, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) recomendó a las instituciones bancarias extremar precauciones en el uso de estos datos. 

Asimismo, el organismo aclaró que solo será posible este tratamiento con el consentimiento de los usuarios, que deberá ser recabado por las instituciones bancarias, previo a la apertura de la cuenta, celebración del contrato o de cualquier operación que realice con la institución de forma no presencial.

Los clientes y usuarios de los servicios de instituciones bancarias que detecten o tengan conocimiento del tratamiento indebido de sus datos personales pueden presentar una denuncia ante el INAI, en el sitio https://www.datospersonales.org.mx/Acceso.aspx, o bien, a través de los correos electrónicos verificacion@inai.org.mx e investigayverifica@inai.org.mx.