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VIE 29/05
TDC 17.3213
VIE 10/04
INPC 145.8310
VIE 01/05
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
El marco legal aplicable estipula que los herederos no están obligados a sanear los pasivos con su propio patrimonio, salvo que figuren como avales, fiadores o coacreditados.
Se podría pensar que cuando fallece un familiar, también desaparecen todas sus obligaciones financieras, pero no siempre es así, incluso algunas podrían seguir generando intereses.
De acuerdo con la revista de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), algunos productos financieros cuentan con un seguro de vida, como en el caso de las hipotecas o tarjetas de crédito, este tipo de seguro cubre la deuda cuando el titular fallece, pero no olvides que en el caso de las tarjetas de crédito no es válido si se tiene más de tres meses de atraso, o si haces uso de ella días posteriores al fallecimiento.
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MStar, empresa de financiamiento automotriz, aseguró que este tema cobra mayor importancia en México donde cada vez más personas acceden a productos financieros formales. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera 2024, elaborada por el INEGI y la CNBV, 76.5% de la población de 18 a 70 años cuenta con al menos un producto financiero formal, mientras que 37.3% tiene algún crédito formal.
Asimismo, el INEGI registró 819,672 defunciones en México durante 2024, lo que dimensiona la importancia de anticipar el impacto patrimonial y financiero que puede tener un fallecimiento en las familias.
¿En qué casos una deuda se hereda?
MStar informó que existen situaciones en las que el seguro puede no ser válido, por ejemplo:
- Si hubo incumplimiento en pagos, si el crédito carecía de cobertura vigente o si la póliza contempla exclusiones específicas. En estos casos, la deuda permanece activa y la institución financiera puede exigir el pago a la sucesión del fallecido, además, mientras el crédito no quede liquidado, el automóvil sigue siendo garantía del financiamiento, indicó el director digital de MStar, Ken Charles.
- Cuando el titular del crédito tiene condiciones médicas preexistentes, hay seguros que no las cubren, especialmente cuando son enfermedades crónico-degenerativas y/o terminales, sin embargo, hay seguros que sí lo cubren con ciertas condiciones, como tiempos de exclusión que pueden ir de los primeros cuatro a 12 meses del crédito, posterior a este periodo, el seguro si cubriría el fallecimiento. En el supuesto de suicidio, hay pólizas que sí lo cubren cuando se ccomplete un periodo de exclusión que por lo general debe ser de al menos 12 meses.
- Cuando el financiamiento fue firmado con obligados solidarios, estas personas podrían asumir la responsabilidad de continuar pagando el crédito si el seguro no cubre el saldo insoluto.
¿Por qué es importante tener claridad sobre la situación financiera de los familiares?
“Una deuda no se hereda de manera automática a los familiares, pero sí puede convertirse en un problema si no existe orden documental, seguro vigente o claridad sobre quién firmó el crédito. La diferencia entre una familia protegida y una familia vulnerable muchas veces está en haber revisado a tiempo las condiciones del financiamiento”, señaló el especialista en blindaje patrimonial, Jorge Arellano.
Por esta razón, la Condusef recomendó que alguien de confianza sepa dónde están los documentos importantes, para que en caso de fallecimiento, ubique las pólizas de seguros, testamento o contratos de adhesión sin contratiempos.
Debido a que, en términos generales, cuando una persona fallece con un crédito vigente, la deuda se incorpora al proceso sucesorio y se paga con los bienes del fallecido antes de repartir la herencia. Los herederos no están obligados a pagar con su propio patrimonio, salvo que hayan firmado como avales, fiadores, coacreditados u obligados solidarios.
“Para poder finiquitar un crédito por fallecimiento es imperativo que los familiares den aviso y también que realicen todo el trámite completo con la documentación necesaria, al menos el Acta de Defunción, Certificado de Defunción y todo el informe médico”, resaltó Ken Charles quien agrega que entre más tiempo pase sin informar el deceso, mayores pueden ser los intereses moratorios o complicaciones administrativas.
¿Cómo preparar un blindaje patrimonial si tengo un crédito o deuda?
El empresario Jorge Arellano aseveró que los créditos deben verse como parte de una estrategia integral de blindaje patrimonial, junto con el testamento, la designación de beneficiarios, el orden documental y la comunicación con la familia.
No se trata solo de contratar un seguro, sino de construir una ruta clara para que la familia sepa qué hacer. Recomendaciones para quienes tienen un crédito contratado:
- Confirmar que todos tus créditos tengan cobertura adecuada; revisar si existe un seguro, qué cubre y bajo qué condiciones aplica
- Mantener vigentes las pólizas y los pagos. Un seguro vencido o un crédito con atrasos puede limitar o impedir la cobertura
- Revisar beneficiarios, exclusiones y suma asegurada. Verificar si el seguro cubre el saldo total del crédito o solo una parte, y si el beneficiario es la institución financiera o una persona designada
- Centralizar tu información financiera. Integrar contratos, pólizas, estados de cuenta, testamento y datos de contacto en un expediente accesible para tu familia
- Integrar tus créditos a una estrategia patrimonial. El testamento, los seguros, las obligaciones financieras y la estructura legal deben revisarse en conjunto, no de forma aislada
“Blindar una deuda no significa vivir pensando en el fallecimiento, sino evitar que una obligación financiera se convierta en una carga emocional y económica para quienes se quedan. La mejor herencia no es solo dejar bienes, sino dejar orden”, concluyó Jorge Arellano.