CFDI Nóminas: Seguros de gastos médicos

En el caso de la deducción por pago de prima de gastos médicos mayores, ¿Se puede incluir una sola vez al año en un recibo de nómina?

Nuestra empresa tiene implementado un plan de previsión social para nuestros trabajadores, que contempla entre otros beneficios un seguro de vida, así como de gastos médicos mayores. Nuestra área de recursos humanos reportó en los CFDI de nóminas el monto de la prima que le corresponde a cada trabajador como ingreso exento, en la segunda quincena de enero de 2018, época en que se contrataron los seguros respectivos. Nuestros asesores indican que lo correcto es reflejar mes con mes la parte de la prima devengada a favor de cada colaborador, Esto es procedente, y cómo subsanamos esta situación



No les asiste la razón a sus asesores, respecto que la prima debe reflejarse por mes, pues el pago a la aseguradora se hace de forma anual en atención al contrato de seguro, por ende, en ese momento se tiene
como devengada.

Lo anterior se confirma en la guía de llenado del CFDI de nómina, en el Apéndice 7 “preguntas frecuentes” la identificada con el numeral 26, en la página 85:

En el caso de la deducción por pago de prima de gastos médicos mayores, ¿Se puede incluir una sola vez al año en un recibo de nómina?

La deducción por pago de prima se debe reflejar en el CFDI conforme se vaya devengando.

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción XI, 93, fracción XXI y 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

En consecuencia, no debe de corregir su actuación al estar apegada a derecho.