Modificaciones en el Código Fiscal de la CDMX 2021

Se incluyen beneficios por pago adelantado del impuesto predial, y obligaciones en materia subcontratación de personal

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 .  (Foto: iStock)

Con fecha 16 de diciembre de 2020 el Congreso de la Ciudad de México aprobó la Iniciativa de decreto por el que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la CDMX (el cual no ha sido publicado en la Gaceta Oficial).

Entre los principales cambios aprobados, se enumeran los siguientes:

Descuentos por pago anticipado de predial

Tratándose del pago anticipado del impuesto predial correspondiente a los seis bimestres del ejercicio 2021, se incrementan el porcentaje de reducción en relación con el 2020, dependiendo del mes en se realice el pago (Art. 131, modificación), como sigue: 

Mes en que se efectúe el pago

Reducción 2020

Reducción 2021

Enero

8 %

10 %

Febrero

5 %

6 %

  Aviso por subcontratación de personal

Se establece como obligación de las personas físicas o morales, informar cuando contraten o subcontraten personal, independientemente de la denominación de los servicios recibidos de un contratista; no obstante, que la erogación de las remuneraciones al personal subordinado se realice por conducto de otra persona, bajo los siguientes términos:

  • presentar aviso dentro de los 10 días siguientes a aquel en que se celebre o se modifique el contrato respectivo
  • se adjuntará el original o copia certificada del contrato, informando número de trabajadores, así como los datos del contratista (denominación o razón social, RFC y domicilio fiscal)
  • en caso de omisión, la autoridad fiscal podrá requerir el aviso, a fin de que el contribuyente omiso lo cumpla dentro de un plazo de 10 días (Art. 156 BIS, adición)

De conformidad con el artículo trigésimo séptimo transitorio, los contribuyentes que al 1o. de enero de 2021 mantengan vigentes ese tipo de contratos, tendrán 30 días para presentar el aviso en cuestión.

  

Pago de aprovechamientos por aplicaciones y plataformas tecnológicas

Se mantiene el plazo para su pago, que es a más tardar el día 15 de cada mes; debiendo ahora especificarse el número de viajes realizados, el tipo de conductor y el tipo de vehículo en el periodo a que se refiera el pago (Art. 307 BIS, modificación).

 

Programa de condonación del impuesto predial de inmuebles dañados

Este instrumento deberá ser dado a conocer a más el 29 de enero de 2021, y es dirigido a propietarios o poseedores de inmuebles ubicados en las colonias de la CDMX que presenten daños estructurales ocasionados por grietas y/o hundimientos diferenciados, debiendo contarse con una opinión técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (Art. octavo transitorio).

De acuerdo con el grado de riesgo que reporte la opinión técnica será el beneficio, como sigue: 

Grado de riesgo del inmueble

% de condonación

Bajo

50 %

Medio

75 %

Alto

100 %

 

Inicio de vigencia

Las anteriores reformas al Código Fiscal de la CDMX entrarán en vigor a partir del 1o. de enero de 2021, porque como ya se mencionó están pendientes de ser publicadas en la Gaceta Oficial de la CDMX.

Los demás cambios los puede consultar en el Infoflash # 3029 Cambios al CFF de la CDMX para 2021.