El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó en su edición de este 29 de diciembre, la Resolución Miscelánea Fiscal (RMISC) 2021, además del Anexo 19 de la misma.
“El objeto de esta Resolución es publicar anualmente, agrupar y facilitar el conocimiento de las reglas generales dictadas por las autoridades fiscales en materia de impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto los de comercio exterior”, se lee en la publicación del DOF.
Recuerde que la Miscelánea Fiscal 2021 puede ser consultada en su totalidad en nuestra sección de Herramientas.
Además también puede consultar el Anexo 19 publicado en nuestra sección.
En total se emitieron 13 puntos, agrupados en 12.3 capítulos.
1. Disposiciones generales
2. Código Fiscal de la Federación
Capítulo 2.1. Disposiciones generales
Capítulo 2.2. De los medios electrónicos
Capítulo 2.3. Devoluciones y compensaciones
Capítulo 2.4. De la inscripción en el RFC
Capítulo 2.5. De los avisos en el RFC
Capítulo 2.6. De los controles volumétricos, de los certificados y de los dictámenes de laboratorio aplicables a hidrocarburos y petrolíferos
Sección 2.6.1. Disposiciones generales
Sección 2.6.2. De los proveedores autorizados en materia de controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos
Capítulo 2.7. De los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica
Sección 2.7.1. Disposiciones generales
Sección 2.7.2. De los Proveedores de Certificación de CFDI
Sección 2.7.3. De la expedición de CFDI por las ventas realizadas por personas físicas del sector primario; arrendadores de bienes inmuebles, propietarios o titulares que afecten terrenos, bienes o derechos incluyendo derechos reales, ejidales o comunales; mineros; artesanos, enajenantes de vehículos usados, desperdicios
industrializables, obras de artes plásticas y antigüedades, por los adquirentes de sus bienes
Sección 2.7.4. De los proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario
Sección 2.7.5. De la expedición de CFDI por concepto de nómina y otras retenciones
Sección 2.7.6. De las facilidades de comprobación para asociaciones de intérpretes y actores, sindicatos de trabajadores de la música y sociedades de gestión colectiva constituidas de acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor
Capítulo 2.8. Contabilidad, declaraciones y avisos
Sección 2.8.1. Disposiciones generales
Sección 2.8.2. De los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales
Sección 2.8.3. DIM vía Internet y por medios magnéticos
Sección 2.8.4. Presentación de declaraciones de pagos provisionales, definitivos y del ejercicio vía Internet de personas físicas y morales
Sección 2.8.5. Del pago de derechos, productos y aprovechamientos vía Internet y ventanilla bancaria
Sección 2.8.6. Del pago de DPA's a través del servicio de pago referenciado
Capítulo 2.9. Presentación de declaraciones para realizar pagos provisionales, definitivos y del ejercicio de personas físicas
Capítulo 2.10. Del pago de DPA's vía Internet y ventanilla bancaria
Capítulo 2.11. De las facultades de las autoridades fiscales
Capítulo 2.12. Dictamen de contador público inscrito
Capítulo 2.13. Pago a plazos
Capítulo 2.14. De las notificaciones y la garantía del interés fiscal
Capítulo 2.15. Del procedimiento administrativo de ejecución
Capítulo 2.16. De las infracciones y delitos fiscales
Capítulo 2.17. Del recurso de revocación
Capítulo 2.18. De la Información sobre la Situación Fiscal
Capítulo 2.19. De la celebración de sorteos de lotería fiscal
Capítulo 2.20. De los Órganos Certificadores
Capítulo 2.21. De la revelación de esquemas reportables
3. Impuesto sobre la renta
Capítulo 3.1. Disposiciones generales
Capítulo 3.2. De los ingresos
Capítulo 3.3. De las deducciones
Sección 3.3.1. De las deducciones en general
Sección 3.3.2. De las inversiones
Sección 3.3.3. Del costo de lo vendido
Capítulo 3.4. Del ajuste por inflación
Capítulo 3.5. De las Instituciones de Crédito y de Seguros y Fianzas, Almacenes Generales de Depósito, Arrendadoras Financieras, Uniones de Crédito y Fondos de Inversión
Capítulo 3.6. Del Régimen opcional para grupos de sociedades
Capítulo 3.7. De los Coordinados
Capítulo 3.8. Del Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras
Capítulo 3.9. De las obligaciones de las personas morales
Sección 3.9.1. De los ajustes de precios de transferencia
Capítulo 3.10. Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos
Capítulo 3.11. Disposiciones generales de las personas físicas
Capítulo 3.12. De los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado
Capítulo 3.13. Del RIF
Capítulo 3.14. De los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles
Capítulo 3.15. De los ingresos por enajenación de bienes
Capítulo 3.16. De los ingresos por intereses
Capítulo 3.17. De la declaración anual
Capítulo 3.18. De los residentes en el extranjero con ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional
Capítulo 3.19. De las entidades extranjeras controladas sujetas a regímenes fiscales preferentes
Capítulo 3.20. De las empresas multinacionales
Capítulo 3.21. De los estímulos fiscales
Sección 3.21.1. Disposiciones generales
Sección 3.21.2. De los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles
Sección 3.21.3. De los fideicomisos de inversión en capital de riesgo
Sección 3.21.4. De las sociedades cooperativas de producción
Sección 3.21.5. De la opción de acumulación de ingresos por personas morales
Sección 3.21.6. De las cuentas personales para el ahorro
Sección 3.21.7. Del estímulo fiscal a las figuras jurídicas extranjeras que administren inversiones de capital privado
Capítulo 3.22. De los demás ingresos que obtengan las personas físicas
Capítulo 3.23. De las disposiciones transitorias de la Ley del ISR
4. Impuesto al valor agregado
Capítulo 4.1. Disposiciones generales
Capítulo 4.2. De la enajenación
Capítulo 4.3. De la prestación de servicios
Capítulo 4.4. De la importación de bienes y servicios
Capítulo 4.5. De las obligaciones de los contribuyentes
Capítulo 4.6. De la exportación de bienes y servicios
5. Impuesto especial sobre producción y servicios
Capítulo 5.1. Disposiciones generales
Capítulo 5.2. De las obligaciones de los contribuyentes
Capítulo 5.3. De las facultades de las autoridades
6. Contribuciones de mejoras
7. Derechos
8. Impuesto sobre automóviles nuevos
9. Ley de Ingresos de la Federación
10. Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
11. Decretos, Circulares, Convenios y otras disposiciones
Capítulo 11.1. Del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado a través de los Diversos publicados en el mismo órgano de difusión el 28 de noviembre de 2006 y el 5 de noviembre de 2007
Capítulo 11.2. De la enajenación de cartera vencida
Capítulo 11.3. Del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013
Capítulo 11.4. Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, publicado en el DOF el 6 de noviembre de 2020
Capítulo 11.5. Del Decreto por el que se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015
Capítulo 11.6. De las Reglas de Operación para la aplicación del estímulo fiscal a que se refiere el "Acuerdo por el que se establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario" publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2015
Capítulo 11.7. Del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el DOF el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones
Capítulo 11.8. Del Decreto mediante el cual se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF 8 de enero de 2019.
12. De la prestación de servicios digitales
Capítulo 12.1. De los residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional
Capítulo 12.2. De los servicios digitales de intermediación entre terceros
Capítulo 12.3. De las personas físicas que enajenan bienes, prestan servicios, conceden hospedaje o el uso o goce temporal de bienes mediante el uso de plataformas tecnológicas
13. Disposiciones de Vigencia Temporal
Entre estos puntos publicados, destacan los siguientes rubros, que los contribuyentes deberán contemplar en el próximo ejercicio fiscal:
Excepción al Secreto Bancario
1.1. Para los efectos del artículo 32-B, fracción IV, segundo párrafo del CFF, se entiende que la solicitud de información que se realice conforme al citado precepto legal constituye una excepción al procedimiento establecido en el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito.
CFF 32-B, Ley de Instituciones de Crédito 142
Aclaración de publicación de datos de los contribuyentes en el Portal del SAT
1.2. Para los efectos del artículo 69, último párrafo del CFF, los contribuyentes que estén inconformes con la publicación de sus datos en el Portal del SAT, podrán solicitar la aclaración, en la cual podrán aportar las pruebas que a su derecho convengan y deberán señalar al menos una dirección electrónica de contacto, conforme al siguiente procedimiento:
I. La solicitud de aclaración podrá ser presentada en el SAT, a través de los siguientes medios:
a) A través del Portal del SAT.
b) Personalmente en cualquier ADSC, previa cita registrada en el Portal del SAT, en el aplicativo SAT Móvil o en el Portal www.gob.mx.
II. El SAT resolverá la solicitud de aclaración en el plazo de tres días contados a partir
del día siguiente al que se reciba la misma. Para conocer la respuesta, el contribuyente deberá ingresar al Portal del SAT, con su clave en el RFC y Contraseña.
III. Cuando del análisis a la solicitud de aclaración y de la documentación que hubiera anexado, la aclaración haya sido procedente, el SAT llevará a cabo la eliminación de los datos del contribuyente publicados en su Portal, dentro del plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al que se reciba la solicitud de aclaración.
Sin perjuicio de lo dispuesto en las fracciones II y III de esta regla, el SAT llevará a cabo de manera trimestral la actualización de los datos publicados en su Portal.
CFF 69
Publicación de contribuyentes
1.3. Para los efectos del artículo 69, décimo segundo párrafo, fracción III del CFF, el SAT únicamente publicará a los contribuyentes que, además de estar no localizados, presenten incumplimiento sistemático de sus obligaciones fiscales.
CFF 69