Facilidades administrativas para la anual de autotransporte

Recuerde que en este sector se cuentan con diversos beneficios para calcular su ISR 2021

Las facilidades administrativas 2021 (Facilidades) publicadas en el DOF el 30 de marzo del mismo año, contemplan diversos beneficios para el sector autotransporte en sus diferentes modalidades, que les permiten cumplir más fácilmente con algunas obligaciones fiscales, así como a deducir gastos que pudieran considerarse como no deducibles, a saber:

LEE: FACILIDADES ADMINISTRATIVAS 2021

Sector autotransporte terrestre

Facilidad

De Carga Federal

Foráneo de Pasaje y Turismo

De Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano

Retenciones por salarios

Calculan el ISR a retener por pagos a operadores, macheteros y maniobristas, aplicando un 7.5 % sobre el SBC base para el entero de las cuotas IMSS de acuerdo al convenio vigente que tengan celebrado con este organismo (regla 2.1., Facilidades)

Aplica la misma facilidad por pagos a operadores, cobradores, mecánicos y maestros (regla 3.2., Facilidades)

 

No hay beneficio para este sector

Facilidades de comprobación

 

Pueden deducir gastos sin documentación que reúna requisitos fiscales hasta un monto equivalente al 8 % de sus ingresos, siempre que:

  • haya sido efectivamente realizado en el ejercicio
  • se encuentre registrada en su contabilidad
  • paguen un 16 % de ISR sobre el monto que se deduzca por estos gastos, mensualmente y en declaración anual como pago definitivo

Contra este impuesto es posible acreditar los estímulos por adquisición de diésel y casetas de la Red Nacional de Autopistas de Cuota (reglas 2.2. y 3.3., Facilidades)

No tienen esta facilidad

Adquisición de combustibles

Pueden realizarse pagos en efectivo por consumo de combustible hasta por un 15 % del total de los gastos por este concepto, pudiéndolos deducir aunque no se hubieran pagado con cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios o monederos electrónicos (reglas 2.9., 3.12. y 4.5.)

 En la edición digital 504 de fecha 28 de febrero de 2022 se aborda el tema “Anual de autotransporte” en donde se presenta un caso práctico que les será de utilidad.