CFDI de gastos 2021 con errores

Conozca el efecto fiscal que pueden tener las erogaciones del 2021 amparadas con comprobantes que se sustituyen en el 2022

Es común que los contribuyentes detecten al momento de elaborar su declaración del ejercicio que algunos CFDI que amparan sus gastos contienen errores, por lo que se solicitan a los proveedores involucrados, la corrección de los mismos, pero desconocen si al realizar una corrección en el 2022 de un gasto realizado en el 2021, pierden su deducibilidad.

Dentro de los requisitos de las deducciones, el artículo 27, fracción XVIII de la LISR, señala:

LEE: CAMBIOS EN LA CANCELACIÓN DE CFDI

“Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reúnan los requisitos que para cada deducción en particular establece esta Ley. Tratándose del comprobante fiscal a que se refiere el primer párrafo de la fracción III de este artículo, éste se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración. … Además, la fecha de expedición de los comprobantes fiscales de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción”.

En opinión de algunos especialistas, para salvaguardar la deducibilidad de esos gastos, en el CFDI que se extiende en 2022 para cancelar el de 2021, debe señalarse el tipo de relación “04  sustitución de los CFDI previos” y en campo “UUID del Nodo CFDIRelacionado”, el folio fiscal del comprobante que sustituye; sin que esto implique el incumplimiento del requisito de la deducción citado, en virtud de que el primer comprobante se expidió en 2021. Esto siempre y cuando la generación del nuevo CFDI en el que se corrigen los errores se efectúe a más tardar el 31 de marzo de 2022.

Además, con lo anterior se cumple con el plazo límite previsto en la regla 2.7.1.47. de la RMISC 2022, que indica que la cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante.

En nuestra edición digital número 505 de fecha 15 de marzo de 2022 se aborda el tema “Anual del régimen general para personas morales”, en donde se detallan los aspectos a considerar en la elaboración de los papeles de trabajo necesarios para calcular el ISR del 2021.