Como bien se sabe, el TFJA cuenta con su propio calendario oficial para la determinación de la suspensión de labores, mismo que el 10 de enero de 2023 se dio a conocer a los interesados a través del Acuerdo SS/4/2023, publicado en el DOF, en el cual se menciona lo siguiente:
- el TFJA tendrá dos periodos de vacaciones y que coincidirán con los del Poder Judicial de la Federación, y
- se declaran inhábiles los días sábados y domingos, además de los que se indican a continuación:
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Mes
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Día
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Febrero
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Lunes 6 (en conmemoración del 5 de febrero)
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Marzo
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Lunes 20 (en conmemoración del Benemérito de las Américas)
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Abril
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Miércoles 5, jueves 6 y viernes 7
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Mayo
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Lunes 1o. y viernes 5
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Julio
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Del lunes 17 al lunes 31 (primer periodo vacacional)
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Septiembre
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Jueves 14 y viernes 15
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Octubre
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Jueves 12 y martes 31 de octubre
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Noviembre
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Miércoles 1o., jueves 2 y lunes 20
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Diciembre
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Del viernes 15 al viernes 29 (segundo periodo vacacional) y lunes 1o. de enero de 2024
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Por lo que es importante que los contribuyentes tengan presente que los días mencionados, no correrá ningún término y que esta información también la pueden obtener en cualquier momento a través de la página de internet de dicho tribunal.