Más facilidades administrativas por “Otis”

Anteproyecto de la 8va modificación a la RMISC

El 30 de octubre de 2023 se dio a conocer en el DOF el “DECRETO por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas y vientos fuertes durante el 24 de octubre de 2023”, que tiene la finalidad de apoyar a la población en general ubicada en la zona del siniestro.

Entre los beneficios más relevantes del decreto están: 

  • diferimiento del pago de contribuciones
  • deducción inmediata
  • pagos en parcialidades, etc. 

Sin embargo, parece que los beneficios siguen llegando a cuentagotas; ya que el SAT dio a conocer a través de su portal, la “Quinta versión anticipada de la octava resolución de modificaciones a la RMISC 2023”.

En este documento se contemplan los siguientes beneficios:

Regla

Contenido

13.2.

Facilidad para la inscripción en el RFC, generación o renovación de e.firma de personas físicas afectadas por el Huracán Otis en el estado de Guerrero 

Las personas físicas que tengan su domicilio ubicado en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez del estado de Guerrero, podrán realizar su inscripción en el RFC y generar, revocar o renovar su certificado de e.firma, sin cita, en la ADSC de Guerrero “1”, con sede en Acapulco, presentando escrito debidamente firmado, en el que se manifieste, bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:

  • nombre completo

  • fecha y lugar de nacimiento

  • domicilio dentro de los municipios anteriormente señalados

  • no contar con la documentación, ni comprobante de domicilio correspondiente por lo que es su deseo solicitar los trámites de inscripción en el RFC y generación, revocación o renovación del certificado de e.firma, derivado del desastre natural por la ocurrencia de lluvia severa, vientos fuertes, inundación fluvial y pluvial el 24 y 25 de octubre de 2023

La facilidad estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023

13.3

Facilidad para la obtención de Cédula de Identificación Fiscal y Constancia de Situación Fiscal de personas físicas afectadas por el Huracán Otis en el estado de Guerrero

Las personas físicas que tengan su domicilio ubicado en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez del estado de Guerrero, podrán solicitar la emisión de la Cédula de Identificación Fiscal y Constancia de Situación Fiscal en la ADSC de Guerrero “1”, con sede en Acapulco, proporcionando los siguientes datos:

  • nombre completo

  • fecha y lugar de nacimiento

  • CURP

La facilidad estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023

13.4.

Solicitud de datos en el RFC para timbrado de CFDI con complemento de nómina de personas físicas afectadas por el Huracán Otis en el estado de Guerrero 

Los contribuyentes que realicen pagos por sueldos y salarios, cuyo domicilio fiscal, agencia, sucursal o establecimiento se encuentre dentro de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez del estado de Guerrero, quedan relevados de cumplir con el requisito referente a que hayan efectuado pagos en los últimos doce meses, previsto en la regla 2.7.1.48. (requisito para solicitar datos de los trabajadores)

La facilidad estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023

LEE: Beneficios fiscales a afectados por Otis

Más que un beneficio fiscal, estas reglas están dirigidas a la simplificación administrativa, para los diversos trámites que requieren hacer los contribuyentes afectados por el Huracán “Otis”

No obstante, resulta cuestionable que ante la crisis sufrida, las personas físicas afectadas tengan como prioridad el hecho de tener su documentación fiscal al corriente, siendo que las pérdidas materiales, enfermedades y el desabasto de insumos básicos son los que demanda su inmediata atención.

¿Quieres saber más? ¡Sigue a IDC en Google News!