5 facilidades administrativas que se replican para 2024

Conozca algunos de los beneficios que la Resolución de Facilidades Administrativas 2024 prevé para ciertos contribuyentes

El 23 de febrero de 2024, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación la “Resolución de facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores que en la misma se señalan para 2024" (RFA); en ella se dan a conocer beneficios para ciertos contribuyentes.

Estas reglas se han replicado en los últimos años, por ello a continuación se presentan cinco facilidades que permanecen para el 2024, así como los contribuyentes que pueden aplicarlas:

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 .  (Foto: Canva)

Beneficio

Sector aplicable

Para los efectos del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISR) por los pagos efectuados a sus trabajadores, en lugar de aplicar las disposiciones relativas al pago de salarios, podrán enterar el 7.5 % por concepto de retenciones del ISR sobre los pagos efectivamente realizados a operadores, macheteros y maniobristas

  • Autotransporte terrestre de carga federal
  • autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo

Facilidades de comprobación 

  • Sector primario
  • autotransporte terrestre de carga federal
  • autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo
  • autotransporte terrestre de carga de materiales y autotransporte terrestre de pasajeros urbano y suburbano

Facilidad de considerar la retención del 4 % del ISR para los trabajadores eventuales del campo, siempre que los pagos efectuados a cada uno no excedan al día de $ 625.00 en la zona libre de la frontera norte y $ 415.00 en el resto del país

Sector primario

Facilidad en adquisición de combustible y CFDI

  • Sector primario
  • autotransporte terrestre de carga federal
  • autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo
  • autotransporte terrestre de carga de materiales y autotransporte terrestre de pasajeros urbano y suburbano

Informativa de proveedores de IVA

  • Sector primario
  • autotransporte terrestre de carga federal
  • autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo
  • autotransporte terrestre de carga de materiales y autotransporte terrestre de pasajeros urbano y suburbano

La RFA entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF; es decir, el 26 de febrero de 2024 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. No obstante, las facilidades serán aplicables para todo el ejercicio fiscal de 2024.

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