Lista, guía de llenado para la declaración anual de PM RESICO

Entérese de toda la información que la autoridad consideró para que las personas morales del Régimen Simplificado de Confianza cumplan con dicha obligación

Actualmente no existe ninguna disposición fiscal o regla en la Resolución Fiscal Miscelánea (RMISC) que releve a las personas morales (PM) del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de la presentación de su declaración anual (DA); por lo que dicha obligación persiste, esta, como bien se sabe, debe satisfacerse en marzo de cada año para que su cumplimiento sea considerado como oportuno.

De ahí que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) haya puesto a disposición de este tipo de contribuyentes la “Guía de llenado de la declaración anual para PM RESICO”, misma que puede visualizarse en su página dentro del apartado de contenido relacionado, tal y como se muestra a continuación:

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 .  (Foto: IDC online)

Dentro de dicha guía los contribuyentes podrán obtener a detalle el llenado de los siguientes rubros:

  • Ingresos 
    • exentos o no acumulables
    • total de ingresos
    • ¿tienes ingresos que solo se acumulan en la declaración anual?
    • total de ingresos acumulables 
  • Deducciones autorizadas 
    • sueldos, salarios y asimilados
    • compras y gastos
    • deducción de inversiones
    • inventario pendiente de deducir de mercancías, materias primas, productos semideterminados o terminados
    • ¿tienes facilidades administrativas o estímulos deducibles?
    •  Total de deducciones autorizadas
  • Determinación
    •  total de ingresos acumulables.
    •  total de deducciones autorizadas
    • utilidad fiscal antes de PTU
    •  PTU pagada en el ejercicio
    • utilidad fiscal del ejercicio
    • pérdidas fiscales de ejercicios anteriores 
    • resultado fiscal 
    • impuesto causado del ejercicio
    • estímulos por aplicar al impuesto causado 
    • impuesto sobre la renta del ejercicio
    • impuesto acreditable por dividendos o utilidades distribuidas.
    • impuesto acreditable pagado en el extranjero
    • pagos provisionales efectuados
    • ISR retenido al contribuyente
    • ISR a cargo o favor del ejercicio
  • Pago
    • impuesto a cargo 
    • subsidio para el empleo
    • compensaciones
    • estímulos al impuesto a cargo
    • total de aplicaciones
    • cantidad a cargo
    • cantidad a pagar
    • ¿usted realizó en las últimas 48 horas un pago para este concepto?
    • impuesto a cargo
  • Datos adicionales
    • ¿estás obligado a calcular y pagar PTU del ejercicio que declara?
    • Cuenta de Capital de Aportación (CUCA)
    • Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN)
    • ¿cuenta con algún esquema reportable?
    • vista previa y envío de la declaración
    • consulta de la declaración

¿Qué información está pre-llenada en el formato de la declaración anual?

La relativa a los  pagos provisionales efectuados en los siguientes rubros:

  • ingresos
  • deducciones autorizadas
  • retenciones
  • pagos efectuados
  • comprobantes de nómina de sueldos, salarios y asimilados:
    • importe de la nómina
    • entero de las retenciones
    • subsidio para el empleo
    • importes pendientes de disminuir y acreditamientos por aplicar de ejercicios anteriores

¿Es obligatorio presentar la declaración anual para las personas morales del RESICO?

De conformidad con el artículo 213 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) menciona que los RESICO-PM cumplirán con las obligaciones señaladas en el capítulo IX del Título II de la citada ley, por lo que de manera correlacionada, el artículo 76, en su fracción V, deriva la obligación de la presentación de la declaración anual para este tipo de contribuyentes.

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