Renovación de e.firma de personas morales en el portal SAT

Contribuyentes a quienes se les venció su e.firma recientemente no es necesario que acudan a las oficinas del SAT

En ocasiones por la carga de trabajo a las personas encargadas de tramitar la renovación de la e.firma se les olvida, y al momento de presentar su declaración anual o provisional se dan cuenta que acaba de vencer la vigencia  de aquella, y en consecuencia buscan agendar una cita ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lo más pronto posible.

Para este caso la regla 2.2.20 de la Resolución Fiscal Miscelánea 2024 (RMISC 2024) establece que las personas morales podrán solicitar la renovación de su certificado de e.firma cuando este ha perdido su vigencia dentro del año previo a la solicitud correspondiente, siempre y cuando el representante legal que haya tramitado el certificado caduco sea el mismo y cuente con certificado de e.firma activo.

Para ello,  debe  descargar la aplicación “CERTIFICA” y capturar todos los datos que correspondan y posteriormente acceder a esta liga para solicitar la renovación.

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SAT ID para personas físicas

De acuerdo con la regla 2.2.14 de la RMISC 2024 las personas  físicas mayores de edad a quienes su certificado de e.firma perdió su vigencia, hasta un año antes a la presentación de la solicitud de autorización pueden  renovar el certificado de e.firma a través de la aplicación SAT ID

Cumplidos los requisitos que solicita la aplicación en un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la generación de la solicitud, recibirán las indicaciones para renovar la e.firma.

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