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MIE 14/01
TDC 17.8540
MIE 10/12
INPC 143.0420
JUE 01/01
RECARGOS FEDERALES 2.07%
SAB 01/02
UMA 113.14
El Régimen Simplificado de Confianza permite a personas físicas tributar con tasas reducidas de ISR, siempre que cumplan límites de ingresos y presenten los avisos correspondientes ante el SAT
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) continúa en 2026 como una opción fiscal dirigida a contribuyentes que buscan un esquema de tributación más sencilla.
Al respecto, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) explicó que este régimen está disponible para quienes realicen actividades empresariales, profesionales, de arrendamiento o actividades primarias, siempre que cumplan los requisitos previstos en la legislación fiscal.
En este régimen pueden inscribirse personas físicas que realicen actividades empresariales incluidas las agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas, presten servicios profesionales por honorarios u otorguen el uso o goce temporal de bienes.
Dentro de RESICO, la tasa del Impuesto sobre la Renta (ISR) aplicable va del 1% al 2.5%, dependiendo del nivel de ingresos. En el caso de quienes realizan actividades primarias, se contempla una exención del impuesto hasta por un monto de 900,000 pesos en el año.
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¿Quiénes pueden tributar en RESICO en 2026?
Prodecon precisó que uno de los requisitos centrales para tributar en este régimen es que los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal por las actividades señaladas incluidos salarios e intereses no excedan los 3.5 millones de pesos.
Bajo este criterio, pueden incorporarse a RESICO quienes:
- Inicien actividades en 2026 y estimen que sus ingresos no rebasen ese monto
- Ya realicen actividades y en 2025 no hayan superado dicho límite de ingresos.
En ambos casos, será posible inscribirse en el régimen o actualizar las obligaciones fiscales para tributar conforme a RESICO.
Aviso obligatorio para quienes cambien de régimen
Asimismo, la procuraduría advirtió que las personas físicas que en 2025 hayan tributado en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales o en el Régimen de Arrendamiento, y que en 2026 opten por RESICO, deberán presentar un Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones. Este aviso deberá presentarse a más tardar el 31 de enero de 2026.
El objetivo de este trámite es notificar formalmente al SAT el cambio de régimen fiscal para que las obligaciones se actualicen conforme al esquema del Régimen Simplificado de Confianza.
¿Qué pasa si inicias actividades durante 2026?
En el caso de personas físicas que inicien actividades durante 2026 y reúnan los requisitos para tributar en RESICO, la Prodecon indicó que podrán presentar el Aviso de inscripción al RFC dentro del mes siguiente al día en que comiencen sus actividades.
Este trámite puede realizarse en cualquier momento del año, siempre que se respete el plazo señalado.
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