Créditos de la imágen: Imagen generada por la IA de Gemini
VIE 09/10
TDC 18.1128
JUE 10/09
INPC 146.0750
MAR 01/09
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
El SAT detalla los lineamientos para que personas físicas y morales con ingresos de hasta 300 millones de pesos regularicen sus adeudos propios, retenidos o cuotas compensatorias.
El Programa de Regularización Fiscal 2026 consiste en la disminución de hasta el 100% del monto de las multas, recargos y gastos de ejecución a contribuyentes, para que paguen únicamente el monto de la contribución, cuotas compensatorias y aprovechamientos. Lo anterior, para facilitar el pago de adeudos y fomentar el cumplimiento de obligaciones fiscales.
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Por medio de un comunicado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la fecha límite para participar en el programa es el próximo 31 de octubre, no obstante, los contribuyentes aún pueden acceder al pago en dos parcialidades presentando su solicitud a más tardar el 15 de octubre, por lo que la autoridad fiscal invita a las personas y empresas interesadas a presentar la solicitud correspondiente para que no perder esta oportunidad.
¿Quiénes pueden acceder al programa de Regularización Fiscal y quiénes están exentos?
Los beneficios de la regularización están enfocados para contribuyentes que:
- Cuyos ingresos totales durante el ejercicio fiscal 2024 no hayan excedido los 300 millones de pesos
- Tengan adeudos por contribuciones federales o cuotas compensatorias no determinadas por la autoridad
- Están sujetos a facultades de comprobación
- Tengan créditos fiscales firmes determinados por el SAT o la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM)
Sin embargo, el sitio oficial del SAT informó que quienes no pueden acceder son las personas físicas y morales que hayan recibido alguna condonación, reducción, disminución o cualquier otro beneficio similar en el monto del pago de créditos fiscales, con base en los programas generalizados y masivos de condonación a deudores fiscales a que se refiere el decreto por el que se dejan sin efectos los decretos y diversas disposiciones de carácter general, emitidos en términos del artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación, por virtud de los cuales se condonaron deudas fiscales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2019.
Asimismo, están exceptuadas las personas morales a que se refiere el artículo 79, fracciones XXII, XXIII y XXIV, de la Ley del ISR, y los ejecutores de gasto a que se refiere el artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
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¿En qué adeudos aplica la Regularización Fiscal 2026?
Los adeudos generados en el ejercicio 2024 o anteriores y que fueron determinados por el SAT o la ANAM, deben incluir:
- Contribuciones propias, retenidas, trasladadas, aprovechamientos o con cuotas compensatorias, así como recargos y gastos de ejecución
- Multas impuestas por infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior
- Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago.
- Multas con agravantes
Para ingresar a este esquema, los contribuyentes pueden acudir de manera presencial a alguna de las oficinas del SAT o realizar el trámite en línea.
Para solicitar la aplicación del programa se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Escrito libre firmado con la información descrita en la Ficha de trámite 9/LIF
- Solicitud para aplicar el estímulo fiscal del Vigésimo Segundo Transitorio de la LIF
- Adjuntar identificación oficial y poder notarial para acreditar la personalidad, en caso de representación legal