Prevén más cargas fiscales para Zacatecas en 2017

Se proponen incrementar algunos impuestos existentes, así la creación de impuestos ecológicos y a la venta final de bebidas alcohólicas

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 .  (Foto: iStock)

Por Antonio Castillo

El pasado 30 de noviembre de 2016, el Gobierno del Estado de Zacatecas presentó ante el Congreso Local, el paquete económico para el ejercicio fiscal 2017, el cual incluye una nueva Ley de Hacienda del Estado (LHE), que abrogará a la actual; siempre y cuando sea aprobada por el congreso del Estado y se publique en su periódico oficial.

A continuación de te presentamos los aspectos más sobresalientes de lo que sería la nueva LHE:

Impuesto sobre nóminas

  • La tasa impositiva se elevaría del 2 % a 2.5 %
  • se eliminarían todas las exenciones para PTU, pensiones y jubilaciones, indemnizaciones, pagos por gastos funerarios, gastos de representación y viáticos, premios por asistencia y puntualidad, tiempo extraordinario, entre otros
  • se convertirían en obligados al pago de este impuesto, aquellos sujetos que actualmente están eximidos, tales como: la federación, el estado, los municipios, las instituciones de asistencia o beneficencia, los partidos políticos y las asociaciones políticas, las instituciones educativas públicas, los ejidos, las empresas constituidas por avecindados, entre otros.
  • se pretende una base gravable mayor, que contemplaría los honorarios asimilados a salarios y los pagos a administradores, comisarios o consejeros, así como cualquier otro pago de naturaleza análoga que no cause IVA
  • se contemplan nuevos deberes para los retenedores de este impuesto: presentación de aviso de alta o aumento de obligaciones ante el padrón estatal y  declaraciones informativas, así como llevar registros contables, y
  • las empresas que subcontraten personal por medio de una empresa de outsourcing, deberían informar del contrato respectivo lo siguiente:
    • identificación de las partes contratantes como son: nombre o denominación social; domicilio social, fiscal y convencional; RFC; registro patronal del IMSS; datos de la escritura constitutiva, así como los nombres de los representantes legales que suscribieron el contrato
    • objeto del contrato, periodo de vigencia, perfiles, puestos o categorías, señalando si el personal es operativo, administrativo o profesional, así como número estimado mensual de trabajadores, y
    • nombre de los trabajadores, periodo de prestación de servicios y monto de percepciones pagadas

Impuestos ecológicos

Habría las siguientes modalidades de este tipo de gravámenes:

1.- remediación ambiental en la extracción de materiales: gravaría la extracción del suelo y subsuelo de materiales que constituyan depósitos de igual naturaleza a los componentes de los terrenos, con las siguientes cuotas:

Material Cuota por cada metro cúbico
Agregados Pétreos $24.11
Andesita 35.72
Arcillas 14.50
Arena 17.59
Caliza 15.56
Cantera 18.29
Caolín 456.01
Grava 11.25
Riolita 24.64
Rocas 399.67
Piedras y sustrato o capa fértil 11.25

2.- de la emisión de gases a la atmósfera: este tributo se pagaría por las emisiones a la atmósfera de determinadas sustancias generadas en los procesos productivos que se desarrollen en el estado y que afecten su territorio

Se prevé una cuota impositiva de 250 pesos por tonelada emitida de bióxido de carbono o la conversión del mismo, conforme al siguiente cuadro:

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 -  (Foto: Redacción)

3.- de la emisión de contaminantes al suelo, subsuelo y agua: gravaría la emisión de sustancias contaminantes, que se depositen, desechen o descarguen al suelo, subsuelo y agua en el territorio del estado de Zacatecas, conforme a las siguientes cuotas

Categoría Cuota impositiva Unidad
Suelo y subsuelo afectados con las sustancias contaminantes $25.00 Cada cien metros cuadrados
Contaminantes en aguas residuales básicos y en aguas residuales, ocasionado por metales pesados y cianuros 100.00 Cada metro cúbico

4.- al depósito o almacenamiento de residuos: previsto para el depósito o almacenamiento de residuos en vertederos públicos o privados, situados en el estado, y se causa una cuota de 100 pesos por cada tonelada de residuos depositados o almacenados en tales vertederos

Impuesto sobre servicios de hospedaje

  • Se incrementaría la tasa de impuesto del 2 % al 3 %
  • se considerará como base gravable por los servicios de hospedaje, los servicios accesorios, tales como transportación, alimentos, bebidas, uso de instalaciones, u otros similares, siempre que no se desglosen los mismos ni se comprueben con la documentación correspondiente, y
  • se mantendría la exención por los servicios de hospedaje o alojamiento prestados por hospitales, clínicas o sanatorios, conventos, asilos, internados, orfanatos, casas de beneficencia o de asistencia social y casas de huéspedes sin fines turísticos

Impuesto estatal a la venta final de bebidas con contenido alcohólico.

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 -  (Foto: Redacción)

Impuesto adicional para infraestructura

Se causará a razón del 30 % del pago de derechos de control vehicular.