Tres escenarios para calcular el aguinaldo tras la subcontratación

La base para el cálculo del aguinaldo son 15 días de sueldo

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Tras la aprobación de la Reforma de Ley del Outsourcing, las empresas comenzaron a migrar a un nuevo modelo de contratación, asumiendo así nuevas responsabilidades patronales, entre las que se incluye la entrega del aguinaldo, una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores de cara al fin de año.

La prestación que tiene su origen en el país desde 1970, equivale a por lo menos 15 días de trabajo o el proporcional correspondiente en caso de no haber laborado todo el año, eso sí, debe entregarse antes del 20 de diciembre, y para calcularlo hay que seguir la siguiente fórmula:

  • dividir los 15 días de aguinaldo entre 365 días = 0,041
  • después ,multiplicar 0.041 por la cantidad de días trabajados en el año
  • y multiplicar el proporcional de días de aguinaldo por el sueldo diario

Y en caso de que los trabajadores ganen un sueldo variable, se deberá considerar un promedio de ingresos del último mes laborado.

Si bien, esta operación parece sencilla y representa un derecho de los trabajadores, tras la regulación de la subcontratación laboral, las empresas podrían tener problemas para la entrega del aguinaldo y es que de acuerdo con la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco Servitur), más del 40% de las compañías aún no terminan de migrar a un sistema de contratación directa.

Por ello, Mario Gómez, maestro en administración y especialista en Impuestos, expuso a Worky -una solución en la nube para que las empresas gestionen el capital humano-, los tres escenarios posibles a los que se enfrentarán los trabajadores que laboraban en un esquema de outsourcing:


  1. se termina la relación laboral por completo y el trabajador tiene derecho a finiquito en caso de renuncia o liquidación en caso de despido
  2. la empresa pide al trabajador renunciar al outsourcing y le extiende un nuevo contrato y el outsourcing pagará el aguinaldo proporcional hasta la fecha trabajada y en diciembre la compañía pagará el monto generado hasta diciembre
  3. “sustitución patronal” para conservar la antigüedad del trabajador, el outsourcing no pagará el aguinaldo proporcional y la empresa entregará el aguinaldo como si el trabajador hubiera estado en nómina todo el año

Al respecto, la abogada laboral, Lorenia Atondo, agregó que si los trabajadores que vienen de un esquema de outsourcing no recibieron aguinaldo antes de cambiar de modelo de trabajo, los patrones pueden pagar todo lo del año como una “compensación extraordinaria”.

Si bien, la transición de un esquema a otro requiere de mucho trabajo y papeleo para calcular las prestaciones, una manera de agilizar los procesos es a través de plataformas digitales, concluyó Worky.