El Sindicato Nacional Minero Metalúrgico "Frente" promovió un amparo en contra de la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) de 2021, específicamente en relación con el tope de utilidades (tres meses de salario o el promedio de los últimos tres años) previsto en el artículo 127, fracción VIII de la citada norma.
El resultado positivo de este amparo es un recordatorio de que las reformas no siempre son acertadas, pues la juez de distrito determinó que el tope en el reparto de utilidades es contrario a la Constitución, ya que esta no contempla ningún tope, consecuentemente carece de fundamentos claros.
A pesar de la sentencia a favor de los mineros, esta no es el fin del camino, porque en su contra se presentó un recurso de revisión, lo que implica que el proceso legal aún se encuentra en curso.
¿El amparo contra los topes de la PTU beneficia en seguridad social?
La decisión judicial en comento, puede tener implicaciones positivas no solo en el ámbito laboral, sino también frente al IMSS, quién recientemente determinó que si las utilidades rebasan el tope establecido en la LFT integrarán a la base salarial de los colaboradores; para conocer los pormenores se sugiere la lectura del tema ¿CRITERIO IMSS REPERCUTE EL SBC POR PAGOS DE PTU?
Por lo tanto, si se confirma la inconstitucionalidad del citado numeral en el recurso de revisión, esto podría tener un efecto favorable tanto para los subordinados como para los patrones, toda vez que no se verá limitado el reparto de utilidades y no tendrán un costo mayor las cuotas obrero-patronales.