Los Tribunales Laborales y Juntas de Conciliación y Arbitraje dieron a conocer los días inhábiles del 2025; por ende, en esos días no correrán plazos ni vencerán términos legales, además de los sábados y domingos, a saber:
Autoridad |
Publicación |
Días inhábiles 2025 |
Tribunales Federales de Trabajo |
Artículos 19 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 75, 139 y 143 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y 74 de la Ley Federal del Trabajo |
Asimismo, cuenta con dos periodos vacacionales: la segunda quincena de julio, y la segunda de diciembre |
Tribunales Laborales de la CDMX |
Boletines del poder judicial de la CDMX del 14 de noviembre de 2023, y 24 y 28 de octubre de 2024 |
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Junta Federal de Conciliación y Arbitraje |
Boletín Laboral del 10 de diciembre de 2024 |
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Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX |
Boletines Laborales del 5 de diciembre de 2023 y 6 de diciembre de 2024 |
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Es posible que por circunstancias especiales, las autoridades mencionadas realicen alguna modificación a sus calendarios de labores, suprimiendo o adicionando algún día de inhábil, lo cual lo informarán en sus publicaciones oficiales.
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¿Cómo queda el segundo periodo vacacional en diciembre de 2024?
Es importante comentar que conforme a lo dado a conocer, las autoridades jurisdiccionales en materia del trabajo cuentan con las siguientes vacaciones en diciembre de 2024:
- Tribunales Federales Laborales y Junta Federal de Conciliación y Arbitraje: del 16 al 31 de diciembre de 2024, y
- Tribunales Laborales de la CDMX y Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX: del 16 de diciembre de 2024 al 6 de enero de 2025
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