Calendario 2025: días de descanso de los Tribunales Laborales

Se dieron a conocer los días en que no habrá actividades jurisdiccionales para el próximo año

Los Tribunales Laborales y Juntas de Conciliación y Arbitraje dieron a conocer los días inhábiles del 2025; por ende, en esos días no correrán plazos ni vencerán términos legales, además de los sábados y domingos, a saber:

Autoridad

Publicación

Días inhábiles 2025

Tribunales Federales de Trabajo

Artículos 19 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 75, 139 y 143 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y 74 de la Ley Federal del Trabajo

  • 1o. de enero 
  • 5 de febrero 
  • 18 de marzo
  • 1o. de mayo 
  • 16 de septiembre, y 
  • 18 de noviembre

Asimismo, cuenta con dos periodos vacacionales: la segunda quincena de julio, y la segunda de diciembre

Tribunales Laborales de la CDMX

Boletines del poder judicial de la CDMX del 14 de noviembre de 2023, y 24 y 28 de octubre de 2024

  • Del 1o. al 6 de enero 
  • 3 de febrero
  • 17 de marzo
  • del 14 al 18 de abril
  • 1o. y 9 de mayo
  • 13 de junio
  • del 16 de julio al 1o. de agosto (primer periodo vacacional)
  • 12, 15 y 16 de septiembre
  • 31 de octubre
  • 17 de noviembre
  • 25 de diciembre
  • del 17 de diciembre de 2025 al 6 de enero de 2026 (segundo periodo vacacional)

Junta Federal de Conciliación y Arbitraje

Boletín Laboral del 10 de diciembre de 2024

  • 1o. de enero 
  • 3 de febrero
  • 17 de marzo
  • del 16 al 18 de abril
  • 1o. y 5 de mayo
  • del 17 de julio al 1o. de agosto (primer periodo vacacional)
  • 15 y 16 de septiembre
  • 17 de noviembre
  • 25 de diciembre
  • del 17 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026 (segundo periodo vacacional) 

Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX

Boletines Laborales del 5 de diciembre de 2023 y 6 de diciembre de 2024

  • Del 1o. al 6 de enero 
  • 3 de febrero
  • 17 de marzo
  • 14 al 18 de abril
  • 1o. y 9 de mayo
  • 16 de junio
  • del 14 al 31 de julio, primer periodo vacacional
  • 12, 15 y 16 de septiembre
  • 31 de octubre
  • 17 de noviembre, y
  • del 15 de diciembre al 2 de enero de 2026, segundo periodo vacacional

Es posible que por circunstancias especiales, las autoridades mencionadas realicen alguna modificación a sus calendarios de labores, suprimiendo o adicionando algún día de inhábil, lo cual lo informarán en sus publicaciones oficiales.

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¿Cómo queda el segundo periodo vacacional en diciembre de 2024?

Es importante comentar que conforme a lo dado a conocer, las autoridades jurisdiccionales en materia del trabajo cuentan con las siguientes vacaciones en diciembre de 2024:

  • Tribunales Federales Laborales y Junta Federal de Conciliación y Arbitraje: del 16 al 31 de diciembre de 2024, y
  • Tribunales Laborales de la CDMX y Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX: del 16 de diciembre de 2024 al 6 de enero de 2025

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