Salario neto de trabajadores de plataformas: cómo se
calcula

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social dio a conocer las disposiciones relativas al cálculo neto de las personas trabajadoras de plataformas digitales
Se considera que son trabajadores de plataformas digitales quienes prestan servicios personales, remunerados y subordinados, bajo el mando y supervisión de una persona física o moral que ofrece servicios a terceros, a través de una plataforma digital, y genere ingresos netos mensuales equivalentes a por lo menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México por su trabajo (art. 291-C, Ley Federal del Trabajo —LFT—).
Aquellos que no reúnan ese monto, serán considerados trabajadores independientes, y no gozarán de la seguridad social.
En ese sentido, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación del 27 de junio de 2025, las disposiciones de carácter general para calcular elingreso neto mensual de los trabajadores de plataformas digitales que entrarán en vigor el 1o. de julio de 2025.
De acuerdo con esa normativa, el ingreso neto mensual será el monto económico al cual se le aplicará un porcentaje de exclusión, sin afectar el ingreso bruto mensual que recibe el trabajador de plataformas digitales.
Según las disposiciones, al ingreso bruto mensual se le aplicará un porcentaje de exclusión derivado del uso intensivo de la plataforma digital como herramienta de trabajo.
El porcentaje de exclusión varía dependiendo del medio de transporte utilizado por el trabajador, expresado en tres categorías:
Categoría | Medio de transporte | Factor máximo de exclusión |
A | Vehículos motorizados de cuatro o más ruedas de combustión interna, eléctricos o análogos (autos, camionetas, etc.) | 36 % |
B | Vehículos motorizados de dos ruedas de combustión interna, eléctricos o análogos (motocicletas u otros) | 30 % |
C | Transportes no motorizados o sin medio de transporte (bicicletas o a pie) | 12 % |
No obstante, la aplicación de estos porcentajes será progresiva, por lo que durante los primeros tres meses a partir de la entrada en vigor de las disposiciones, se aplicarán porcentajes temporales, según la categoría: 60% A, 50% B y 15% C.
La STPS podrá ampliar el periodo de aplicación progresiva de los porcentajes de exclusión para su aplicación en el siguiente trimestre. En todo caso, la aplicación progresiva no tendrá que extenderse más allá del 1o. de enero de 2026.
Con lo anterior, busca establecer con claridad el salario base y sus componentes, para asegurar que los trabajadores accedan a derechos laborales y de seguridad social.