Buzón tributario, ¿obligatorio?

Necesario revisar los términos del artículo 286-M de la LSS

Un asesor externo nos indica que el uso del buzón tributario es obligatorio para que el IMSS nos realice la notificación de los créditos fiscales y otros documentos inherentes a nuestras cargas de seguridad social. Es esto verdad

No. En términos del artículo 286-M de la LSS, el IMSS puede realizar notificaciones, hacer citatorios o emplazamientos; requerir o solicitar informes o documentación, o emitir resoluciones por medios de comunicación electrónica, siempre que los patrones manifiesten previamente su conformidad de recibir las actuaciones mencionadas vía digital.

Por lo tanto, el uso del buzón tributario no es de uso forzoso; este solo debe ser empleado por el Instituto si ustedes previamente lo solicitaron.