Las incapacidades por maternidad y el pago del subsidio correspondiente, sufrieron cambios en su regulación, toda vez que la STPS publicó en el DOF del 24 de marzo del 2023 el Decreto por el que se adicionan los artículos 101 y 102 Bis a la LSS, vigente a partir del 25 de marzo del presente año. Aquí puede consultar el texto íntegro.
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Con ello, las aseguradas tendrán legalmente los siguientes derechos:
- a un subsidio de maternidad que se pagará mediante la emisión de un certificado único de incapacidad por 84 días, el cual deberá ser entregado en una sola exhibición, desde el inicio de dicho periodo, y
- transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo
Para profundizar sobre el contenido de estos cambios se recomienda consultar el Infoflash # 3523 Enmiendan LSS en materia de maternidad y viudez de acceso exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no es suscriptor de IDC puede suscribirse aquí.