Corte declara inconstitucional requisito para pensión de viudez IMSS

Para la Corte la Ley del Seguro Social es inconstitucional porque discrimina el acceso a las pensiones de viudez

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una sentencia en la que declaró inconstitucional que la Ley del Seguro Social (LSS) exija a las viudas de los asegurados tener una antigüedad de seis meses de matrimonio para gozar de la pensión de viudez –lo cual no aplica si se demuestra haber tenido hijos con el afiliado–. A continuación, se enuncian los detalles de este fallo.

La pensión de viudez tiene como propósito proteger al viudo o la viuda tras el deceso de un trabajador o pensionado. Por ello, al imponer requisitos injustificados como el lapso de seis meses de nupcias o la procreación de hijos, vulnera los derechos humanos a la igualdad, a  la no discriminación y a la seguridad social.

Ley del Seguro Social vulnera derechos de viudas

La Corte precisó que la LSS restringe injustamente los derechos de quienes no tuvieron hijos en su matrimonio, cuando enfrentan una situación similar a quienes sí los tuvieron. Esto se debe a que no existen motivos realmente justificados para limitar el acceso a dicha prestación económica del IMSS.

De ahí que la SCJN señale que dado que el legislador federal no justificó el trato diferenciado previsto en el artículo 132, fracción I y último párrafo de la LSS, se estima que este es violatorio de los derechos fundamentales citados.

.
 .  (Foto: iStock)

¿Cuánto paga el IMSS por una pensión de viudez?

El importe de la pensión de viudez otorgada bajo el amparo del régimen 73 del Seguro Social depende del origen de la muerte del asegurado, a saber, por:

  • un riesgo de trabajo, el 40 % de la pensión que le hubiese correspondido al afiliado por una incapacidad permanente total (art. 71, fracc. II, LSS de 1973), o 
  • una enfermedad general, el 90 % de la pensión que le hubiese tocado al empleado en caso de una invalidez (art. 153, LSS de 1973)

Para conocer los requisitos a profundidad los detalles de esta prestación en dinero, se sugiere la lectura del tema “Cálculo de pensiones de viudez y orfandad con LSS del 73” disponible en la sección de seguridad social de la revista digital número 539 del 31 de agosto de 2023.