El Seguro Social publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 22 de marzo de 2024 el acuerdo ACDO.AS2.HCT.270224/35.P.DIR, por el que se aprobaron los Lineamientos generales para la condonación de multas en el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como su Anexo Único (Lineamientos).
Este acuerdo, en lo general, entrará en vigor a partir del 25 de marzo de 2024, pero lo que hace a la solicitud de condonación a través del Buzón IMSS y los beneficios para el cálculo de la reducción de multas mediante el Sistema de Pago Referenciado (SIPARE), entrará en vigor hasta que se realicen las adecuaciones tecnológicas necesarias.
Consecuentemente, se deja sin efectos el acuerdo 187/2003 difundido en el DOF el 15 de julio de 2003, así como sus modificatorios.
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Reformas efectuadas
A continuación, se señalan los aspectos más relevantes de este documento:
- las multas relacionadas con la omisión de informes cuatrimestrales por la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, pueden reducirse en un 90 %, siempre y cuando no se encuentren vinculadas a un crédito fiscal; se hubiese cumplido con la presentación de las informativas; y no se encuentren impugnadas las sanciones o en su caso, se exhiba el desistimiento del medio de defensa interpuesto
- el empleador que tenga activado el Buzón IMSS puede realizar la solicitud de la condonación de multas a través de este medio, y
- la aplicación de la condonación de multas y el cálculo de la reducción del importe de la sanción en un 20 %, se podrán aplicar a través del Sistema de Pago Referenciado (SIPARE)
Todo lo que no esté considerado en los Lineamientos se sujetará a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social (LSS) y el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Además, le corresponde a la Dirección de Incorporación y Recaudación:
- resolver las dudas o formular las aclaraciones que presenten o soliciten las unidades administrativas respectivas con motivo de la aplicación de los presentes Lineamientos, y
- emitir las disposiciones para la correcta aplicación de los presentes Lineamientos, de ser necesario
Para obtener información más detallada sobre los Lineamientos, se recomienda consultar el Infoflash # 3673 Nuevas reglas IMSS para condonación de multas de acceso exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no es suscriptor de IDC puede suscribirse aquí.
¿Cuándo se considera espontáneo el cumplimiento de una obligación?
El acatamiento de un deber es espontáneo, y por ende, no se impone multa cuando el empresario:
- paga las cuotas obrero-patronales
- cumple con los deberes establecidos en la LSS o sus reglamentos
- presenta la información cuatrimestral por la prestación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas, como respuesta a los comunicados o invitaciones del IMSS para el cumplimiento voluntario de dicha carga, y
- solicita y obtiene prórroga en el entero de una obligación fiscal por parte del Instituto