Créditos de la imágen: Imagen generada por la IA de Gemini
JUE 19/03
TDC 17.6690
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INPC 144.3070
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RECARGOS FEDERALES 2.07%
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UMA 117.31
Las Afores permiten a los trabajadores acceder a recursos de su Cuenta Individual mediante retiros parciales por matrimonio o desempleo.
En 2026, hay 10 Afores (Administradoras de Fondos para el Retiro) activas, sin embargo, no todas son iguales; algunas ofrecen mejores rendimientos, cobran menos comisiones o tienen mejor tecnología para ayudarte a tu ahorro.
Las Afores tienen como objetivo administrar el dinero que ahorrarás durante tu vida laboral para que tengas un ingreso fijo cuando llegue el momento en que decidas dejar de ser económicamente activo.
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Afore SURA explicó que el ahorro en la Cuenta Individual está pensado para acompañarte durante tu vida laboral y respaldarte cuando llegues al retiro. Sin embargo, la ley permite disponer de tus recursos en situaciones específicas, como desempleo o matrimonio.
“Conocer tus opciones de retiro no solo te da claridad financiera, también te ayuda a planear tu futuro con tranquilidad. Antes de solicitar un retiro, revisa tus necesidades y evalúa cómo impactará tu pensión”, señaló el Gerente de Iniciativas de Negocio en Afore SURA, Gerardo Chavarría.
¿Cuáles tipos de retiro parciales ofrecen las Afores?
En los retiros parciales, puedes disponer de una parte de los recursos de tu Cuenta Individual de Afore antes de llegar a la edad para recibir la pensión. Las dos opciones para el retiro parcial son el de matrimonio y el de desempleo.
El retiro por matrimonio se otorga una sola vez al casarte por el civil y no afecta a tus semanas cotizadas. civil. El monto equivale a 30 veces la Unidad de Medida Actualizada (UMA) y no afecta tus semanas cotizadas.
Los requisitos para solicitarlo son:
- Presentar el acta de matrimonio e identificación oficial.
- No haber solicitado este retiro antes.
- Contar con al menos 150 semanas cotizadas ante el IMSS.
- Tener una Cuenta Individual de Afore activa y registrada.
“El matrimonio debe haberse celebrado cuando el trabajador esté activo. O, si ya no está activo, no deben haber transcurrido más de 90 días desde la baja para poder realizar el trámite”, explicó Gerardo Chavarría.
Para el retiro por desempleo debes contar con los siguientes requisitos:
- Haber estado desempleado al menos 46 días naturales.
- No haber hecho este retiro en los últimos 5 años.
- Tener una Cuenta Individual con mínimo 3 años de antigüedad.
- Presentar identificación oficial vigente, NSS (IMSS), CURP (ISSSTE), estado de cuenta reciente y, si aplica, certificado de desempleo (ISSSTE).
En el IMSS no se requiere comprobante adicional, mientras que en el ISSSTE sí se necesita la certificación de baja emitida por el Instituto.
“En algunas ocasiones, identificamos que hay trabajadores que tienen que cuidar y monitorear la fecha en la que el patrón los dio de baja ante el Instituto. Para lo cual, pueden descargar una Constancia de Semanas Cotizadas en el Portal digital del IMSS para visualizar la fecha en la que sucedió la baja”, añadió el especialista de Afore SURA.
¿Cuánto dinero te dan al solicitar el retiro por desempleo?
En el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), existen dos modalidades:
- Modalidad A: 30 días de tu último salario base de cotización (SBC), con un tope de 10 veces la Unidad de Medida Actualizada (UMA) en el salario mínimo, bajo la normatividad vigente.
- Modalidad B: Lo que resulte menor entre 90 días de tu salario base promedio de las últimas 250 semanas o el 11.5% de tu saldo en la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).
Por otro lado, en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la cantidad que puedes retirar dependerá de lo que resulte menor entre 75 días de tu sueldo base de los últimos cinco años o el 10% del saldo registrado en la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).
La Afore SURA especificó que al hacer el retiro por desempleo se pierden semanas cotizadas, lo que puede afectar considerablemente al monto que recibirás en tu pensión futura. Por esta razón, el trámite de Reintegro de Semanas es fundamental para recuperar las semanas cotizadas que perdiste y de esta manera, restituyes el monto en tu Cuenta Individual de Afore.