Se publicó en la edición vespertina del DOF del 4 de octubre de 2023, el decreto por el que se otorgan el decreto por el que se otorgan el decreto por el que se otorgan el decreto por el que se otorgan el decreto por el que se otorgan el decreto por el que se otorgan el decreto por el que se otorgan .
Se otorgará un estímulo fiscal a las entidades financieras o entidades que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular, o de las entidades participantes en redes de medios de disposición que provean de infraestructura o terminales punto de venta y de servicios a receptores de pagos con tarjetas de crédito o débito.
¿En qué consiste el estímulo?
Dicho estímulo fiscal consiste en acreditar contra el ISR, propio o el retenido a terceros, el monto que corresponda a la entrega de premios que efectúen dichas entidades, por cuenta del gobierno federal, a:
- personas físicas cuando hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o de débito en la adquisición de bienes o servicios durante el periodo del 17 al 20 de noviembre de 2023
- personas físicas o morales registradas en el portal de internet de "El Buen Fin" para el ejercicio fiscal de 2023, y siempre que los citados tarjetahabientes hayan resultado ganadores en el sorteo "El Buen Fin 2023" que lleve a cabo el SAT
- personas físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o de débito durante el periodo del 17 al 20 de noviembre de 2023
Ese acreditamiento se hará hasta agotarlo, a partir del mes siguiente a aquel en que realicen la entrega de los premios a cada ganador, siempre y cuando hayan entregado al SAT la información que dicho órgano administrativo determine mediante reglas de carácter general.
Debe precisarse que:
- para efectos del estímulo fiscal, se exime a los beneficiarios de este, de la obligación de presentar el aviso referido en el artículo 25, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación
- el estímulo fiscal otorgado y el monto de los premios que, derivado del sorteo "El Buen Fin", se entreguen a las personas mencionadas, no se consideran ingresos acumulables para los efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR)
- la aplicación del estímulo fiscal establecido en el presente decreto no dará lugar a devolución ni compensación alguna
El SAT emitirá las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del decreto, así como las bases para la realización del sorteo, términos y condiciones de participación y reglas de operación de este.