¿Si soy trabajador de plataforma tengo derecho a recibir
utilidades?
Créditos de la imágen: Imagen generada por la IA de Gemini
El nuevo marco normativo estipula que cada tarifa cobrada por el trabajador ya incorpora la parte proporcional de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
La reciente reforma laboral para trabajadores de plataformas digitales brindó, por primera vez, derechos laborales como el acceso a la seguridad social, aguinaldo, protección contra despidos injustificados y reglas claras y transparentes sobre cómo se asigna el trabajo.
Los trabajadores deben generar al menos un salario mínimo mensual en la Ciudad de México para tener una relación laboral formal con la empresa de la plataforma, que conforme a las disposiciones de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), al ingreso bruto mensual se le aplica un porcentaje de exclusión derivado del uso intensivo de la plataforma digital como herramienta de trabajo, (por ejemplo, para quienes manejan motocicletas es del 30 %).
De acuerdo con la STPS, la reforma adapta la ley laboral a la realidad digital sin quitarle la libertad de decidir a los trabajadores cuándo conectarse.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) explicó que la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es el derecho de los trabajadores a obtener parte de las ganancias de la empresa en la que laboran. La declaración anual de impuestos debe informarse a los trabajadores dentro de los 10 días después de que el patrón la hubiese presentado.
Derivado de lo anterior, los trabajadores de plataformas digitales sí tienen derecho a recibir el reparto de PTU siempre y cuando trabajen por lo menos 288 horas efectivas al año.
El pago de las utilidades debe efectuarse dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de la presentación de la declaración anual.
Esto es, si la declaración anual se presentará el último día previsto en la Ley del Impuesto Sobre la Renta —31 de marzo y 30 de abril—, el patrón persona moral tiene hasta el 30 de mayo para efectuar el reparto de utilidades, y para la persona física el término es el 29 de junio.
Considera que el monto de las utilidades se topan al equivalente a tres meses de salario o el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para la persona trabajadora.
Además, las utilidades están conformadas por:
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.
La Profedet detalló que el reparto de utilidades se debe realizar en tiempo y forma, pues de no hacerlo conlleva a multas que van de 250 y 5,000 UMAs (Unidad de Medida y Actualización) por trabajador afectado.
Al tener una relación laboral de patrón-empleado, los trabajadores de plataformas digitales tienen derecho a recibir todos los beneficios establecidos en la LFT, tales como vacaciones, aguinaldo, pensión, beneficios del Infonavit, seguridad social, entre otros.
Aunque no se otorguen vacaciones en un bloque fijo como en otros trabajos, la reforma aseguró este derecho dentro de su ingreso por cada tarea realizada.
Esto se debe a que los trabajadores en plataformas mantienen el control total sobre sus horarios y días de conexión, por lo que pueden elegir cuándo tomar días libres sin la necesidad de hacer una solicitud o pedir autorización como en otros empleos.
Respecto al derecho de recibir una pensión por retiro, con la nueva reforma los trabajadores se afilian ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo que permite que se hagan aportaciones para su pensión a través de una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).
Esto significa que generan ahorro para su retiro como cualquier trabajador registrado y contarán con una pensión cuando llegue el momento.