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VIE 11/09
TDC 16.9722
LUN 10/08
INPC 145.4620
SAB 01/08
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
La STPS reducirá trámites y tiempos del REPSE para empresas con hasta 10 trabajadores, sin eliminar sus obligaciones laborales
Las empresas con hasta 10 trabajadores podrán inscribirse o renovar su Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) mediante un solo trámite y recibir respuesta en cinco días hábiles, informó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
La dependencia estima que cerca de 18,000 unidades económicas próximas a renovar su registro podrán beneficiarse de esta medida, cuyo objetivo es disminuir las cargas administrativas relacionadas con el cumplimiento de las reglas de subcontratación.
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¿Qué cambiará en la renovación del REPSE?
El procedimiento pasará de ocho trámites a uno, en donde las empresas deberán llenar el formulario disponible en la plataforma del REPSE y concluir la solicitud mediante el uso de su e.firma.
También se reducirá el tiempo de respuesta, esto porque la STPS plantea resolver las solicitudes de inscripción o renovación en cinco días hábiles, en lugar de los 20 días considerados en el procedimiento general.
Los principales elementos de la simplificación son:
- aplicación para empresas con hasta 10 trabajadores
- integración de ocho trámites en un solo procedimiento
- presentación del formulario mediante la plataforma del REPSE
- firma de la solicitud con la e.firma de la empresa
- reducción del tiempo de respuesta de 20 a cinco días hábiles
- aprovechamiento de información disponible en registros públicos
SAT, IMSS e Infonavit proporcionarán la información disponible
La simplificación se apoyará en los datos que ya poseen el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Esto evitará que las empresas presenten nuevamente documentos o información que ya se encuentre en poder de dichas instituciones. La consulta también permitirá verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, de seguridad social y de vivienda vinculadas con el REPSE.
El artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo establece que, para obtener este registro, los prestadores de servicios especializados deben acreditar que se encuentran al corriente con sus obligaciones ante el SAT, el IMSS y el Infonavit. Además, el registro debe renovarse cada tres años.
Por ello, el intercambio de información puede reducir la entrega repetitiva de constancias, pero no impedirá que la autoridad solicite aclaraciones cuando encuentre inconsistencias, adeudos o datos desactualizados.
“Lo que queremos con esto es que haya un compromiso de simplificación, reducir las cargas administrativas para estas unidades económicas y facilitar con ello el cumplimiento de la normatividad”, señaló Marath Bolaños López, titular de la STPS.
La simplificación no elimina las obligaciones del REPSE
La reducción de trámites no modifica las condiciones legales para prestar servicios u obras especializados. Las empresas deberán conservar su registro vigente y continuar cumpliendo sus responsabilidades fiscales, laborales y de seguridad social.
Tampoco significa que cualquier actividad pueda contratarse bajo este esquema. Conforme al artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, los servicios u obras especializados no deben formar parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa beneficiaria.
Asimismo, los prestadores deberán mantener actualizada la información de sus trabajadores y atender las obligaciones informativas ante el IMSS y el Infonavit que correspondan. También tendrán que emitir correctamente los comprobantes fiscales relacionados con los servicios contratados.
Antes de solicitar la renovación, conviene revisar la vigencia de la e.firma, la situación fiscal de la empresa, el cumplimiento de las cuotas de seguridad social y vivienda, y la coincidencia de los datos registrados ante las autoridades.
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