La rectificación de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo (SRT) se configura cuando el IMSS detecta errores u omisiones en la declaración patronal, situación que hace del conocimiento del empleador mediante la resolución correspondiente. De ser procedente, el porcentaje notificado estará vigente a partir del 1o. de marzo del año de que se trate (arts. 251, fracc. XVI, LSS y 32, fracc. VI, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—).
ESCUCHA #BRÚJULALEGAL CUÁNDO PROCEDE LA RECTIFICACIÓN DE LA PRIMA DE RT
No obstante, si la rectificación es improcedente, los empresarios pueden defenderse mediante un juicio contencioso administrativo (de nulidad) ante el TFJA por la vía ordinaria, dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación de la resolución impugnada (arts. 295, LSS; y 13, fracc. I y 58-2, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo —LFPCA—).
Lo anterior es así porque no existe una cuantía a combatir y la vía sumaria en términos del numeral 58-2 de la LFPCA procede cuando se impugnan resoluciones definitivas cuyo importe no exceda de 15 veces la UMA elevada al año (actualmente, $567,976.50), lo cual se sustenta con:
las jurisprudencias de nombre: JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NO INSTITUYE EL PRINCIPIO DE ELECCIÓN DE VÍA, Registro digital: 2007675 y JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. LA VÍA SUMARIA CONTRA LAS RESOLUCIONES DEFINITIVAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 58-2 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, NO ES OPTATIVA PARA EL PARTICULAR, Registro digital: 2007677, y
la tesis asilada de rubro: JUICIO DE NULIDAD EN LA VÍA SUMARIA ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. PROCEDE CONTRA UN CRÉDITO FISCAL EN QUE NO SE DETERMINARON CONTRIBUCIONES O APROVECHAMIENTOS, SINO ÚNICAMENTE ACTUALIZACIONES, RECARGOS Y MULTAS, Registro digital: 2002330
Finalmente, es importante para el sector patronal conocer qué hacer ante las notificaciones del Seguro Social de esta naturaleza por lo que se sugiere la lectura del tema “Defensa por rectificaciones improcedentes a la prima media”, visible próximamente en nuestra revista digital 532 del 15 de mayo de 2023, en la sección de seguridad social.