Multa por falta envío de contabilidad electrónica

El SAT está tomando medidas severas. Multa a los contribuyentes omisos por no enviar su contabilidad electrónica

Los sistemas tecnológicos con los que cuenta el Servicio de Administración Tributaria (SAT) son cada día más sofisticados y representan una herramienta valiosa al momento de fiscalizar a los pagadores de impuestos, estos sistemas son alimentados por los propios contribuyentes al momento de la presentación de declaraciones y la emisión de los comprobantes fiscales.

Una de las bases de datos con las que cuenta el SAT es la "Consulta Central CFDI”, por medio de la cual puede revisar las operaciones de los contribuyentes, y de esa forma corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales. En esta ocasión trascendió que dicha información ha sido utilizada para la imposición de multas por la omisión del envío de la contabilidad electrónica.

En el oficio de imposición de multas, se destaca que la autoridad hace una relación de diversas operaciones que se celebraron con algunos clientes de los cuales emana la obligación del envío de la contabilidad electrónica.

A continuación, se muestra un extracto del oficio en la que se impone la multa:

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 .  (Foto: IDC online)

De tal infracción se detona la multa prevista en el numeral 82, fracción XXXVIII del Código Fiscal de la Federación (CFF) (vigente en 2018), que establece que “No ingresar la información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria estando obligado a ello ...”, se hace acreedora a la imposición de la multamínima actualizada equivalente a la cantidad de $ 5,510.00.

La multa será procedente por cada una de las obligaciones omisas y se deberá actualizar por el transcurso del tiempo.

Medio de defensa

Según el artículo 23 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, el oficio de imposición de multa es susceptible de impugnarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos su notificación, mediante la interposición del: