Personal de outsourcing, ¿participa en conflicto sindical de beneficiario?

La subcontratación impacta en la libertad sindical. ¿Pueden los trabajadores de outsourcing intervenir en el recuento para el contrato colectivo?

La subcontratación de personal está prohibida, por lo que ningún patrón persona física o moral puede proporcionar o poner a disposición trabajadores propios en beneficio de otro empleador.

Este tipo de outsourcing perjudica los derechos sindicales, porque a criterio de la autoridad judicial, los trabajadores y sindicatos desconocen las empresas o unidad económica a las que efectivamente le prestan sus servicios, lo que genera obstáculos para ejercer sus derechos sindicales frente a los patrones a los que en la materialidad prestan sus servicios. 

De ahí que si un sindicato desea asumir la titularidad del contrato colectivo de una empresa puede contar con los empleados contratados bajo dicho esquema prohibido, siempre y cuando se analicen las pruebas que clarifiquen la relación laboral real entre trabajadores y patrones, ya que es obligación del Estado garantizar los derechos de libertad sindical.

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 .  (Foto: iStock)

Lo anterior conforme al criterio aislado de rubro CONFLICTO INTERSINDICAL SOBRE LA TITULARIDAD DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. EL ÓRGANO JURISDICCIONAL DEBE ADMITIR, DESAHOGAR Y RECABAR LAS PRUEBAS IDÓNEAS DIRIGIDAS A DETERMINAR LA REALIDAD MATERIAL DE LOS VÍNCULOS DE LOS TRABAJADORES CON LAS EMPRESAS QUE, EN SU CASO, CONFORMAN LA UNIDAD ECONÓMICA, PREVIAMENTE A CALIFICAR Y PRACTICAR LA PRUEBA DE RECUENTO, ANTE INDICIOS DE SUBCONTRATACIÓN INJUSTIFICADA (OUTSOURCING O INSOURCING), Registro digital: 2025693.

¿Qué ha dicho la OIT al respecto?

La Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el Caso Número 2602, párrafo 677, indicó que los Estados deben tomar las medidas apropiadas para asegurar, por un lado, que no se recurra a la subcontratación como medio de eludir las garantías de libertad sindical que prevé la legislación y, por otro, que los sindicatos que representan a los trabajadores subcontratados puedan promover efectivamente la mejora de las condiciones de vida y de trabajo . 

Esto implica que: 

  • los tribunales laborales deben adoptar medidas positivas eficaces para admitir, desahogar e incluso recabar las pruebas idóneas para transparentar la realidad material de los vínculos de los trabajadores con las empresas que, en su caso, conforman la unidad económica, a fin de evitar imponer trabas las agrupaciones de trabajadores, y 

  • de acreditarse la verdadera relación laboral de los trabajadores subcontratados con la empresa beneficiaria de sus servicios, podrán participar en los procesos de recuento cuando se demande la titularidad de un contrato colectivo de trabajo, o bien ir a la huelga cuando se reclame la firma de este